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Preguntas y respuestas sobre el futuro de The Pirate Bay

Por ANTONIO DELGADO (SOITU.ES)
Actualizado 19-04-2009 15:16 CET

La decisión tomada hoy por el Tribunal de Distrito de Estocolmo, que ha condenado a los cuatros responsables de The Pirate Bay —la página de torrents más popular del mundo— a un año de prisión a cada uno de ellos y a una multa de 30 millones de coronas suecas (casi tres millones de euros), ha llenado de dudas a muchos usuarios de internet. Estas son algunas de las respuestas.

¿Cerraran The Pirate Bay?

No. En primer lugar, la demanda era contra los cuatro responsables del sitio, no contra la página web. Por tanto, esta seguirá activa. Y en segundo lugar, sus fundadores han comentado que los servidores de The Pirate Bay se encuentran repartidos por todo el mundo, usando un sistema distribuido de servidores. De esta forma, apagar el sitio es mucho más complicado. Por este motivo, se ha intentado que algunos ISPs de Italia o Dinamarca bloquearan el acceso al sitio web para sus clientes.

¿Tendrán que pagar la multa e irán a la cárcel?

De momento no. Los abogados de los cuatro imputados han declarado que van a recurrir la sentencia. Disponen para hacerlo de tres semanas. Es presumible que la apelación llegue al Tribunal Supremo de Suecia o incluso al Tribunal Europeo de Justicia. Por tanto, pasarán años hasta que exista una sentencia definitiva. Vamos a seguir teniendo caso Pirate Bay para rato.

¿Esta decisión afecta a España?

Jurídicamente no, ya que la legislación de Suecia nada tiene que ver con la española, aunque ambas forman parte de la Unión Europea. Sin embargo, como en casos anteriores, este tipo de decisiones suele ser utilizadas por la industria para fomentar una corriente favorable a sus intereses.

¿Es ilegal descargarse torrents?

En España no es delito descargarse ficheros protegidos con copyright si no existe ánimo de lucro y es para uso privado. Descartada la vía penal, a la industria sólo le queda la vía civil para pedir una indemnización a los usuarios. Sin embargo, es altamente improbable que la logren: como la IP de los usuario se considera privada, sólo un juez es competente para requerir su identificación, así que la industria no puede demandar directamente a los usuarios ya que deberían violar el secreto de las comunicaciones para ello.

¿Es ilegar tener una página de torrents?

Hasta ahora, la mayoría de las páginas de enlaces denunciadas se han saldado con el sobreseimiento libre de las actuaciones, como en el caso de Sharemula. En ellas, los jueces han considerados que estas páginas no almacenan archivos, por tanto, da igual si tienen o no ánimo de lucro, ya que no se produce comunicación pública.

Por otra parte, el único caso donde se ha sido sentenciado a una pena de cárcel a un webmaster de una página de enlaces, se ha producido por la autoinculpación del responsable del sitio al llegar a un acuerdo con la parte demandante y de esta forma no tener que hacer frente a una posible y carísima demanda civil.

¿Cómo afectará el caso The Pirate Bay al futuro del P2P?

En este caso, es necesario mirar lo acontecido hace años con el cierre de Naspter. Su clausura hizo que el número de sistemas de descarga p2p se multiplicara, así como el número de ficheros disponibles y de usuarios activos. Actualmente existen diferentes técnicas de navegación confidencial y servicios como el cifrado o el uso de VPN (redes privadas virtuales) que hacen imposible que terceros accedan a la información o el contenido transmitido.

La propia The Pirate Bay anunció hace unas semanas la puesta en marcha de un servicio de VPN denominado IPREDator que permitirá a los usuarios navegar de forma completamente anónima por 5 euros al mes.

Por otra parte, en el caso de EEUU (donde la industria ha demandando a más de 36.000 usuarios), no sólo no ha bajado el número de usuarios de los sistemas p2p, sino que este tiempo se han multiplicado por diez.

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