Secciones bajar

Si pagas hipoteca puedes cobrar un 2% más en tu nómina cada mes

  • Sólo tienes que ingresar menos de 33.000 euros brutos anuales
  • Podrás ganar entre 200 y 660 euros netos más al año
Por GEMA FERNÁNDEZ (SOITU.ES)
Actualizado 18-12-2008 20:18 CET

MADRID.-  Si eres trabajador por cuenta ajena o autónomo, estás hipotecado, y ganas menos de 33.000 euros brutos al año, estás de suerte. Tu nómina puede aumentar un 2% a partir de enero de 2009. Sólo tienes que solicitar a tu empresa que te retenga dos puntos menos por el IRPF mensual, aprovechando una de las medidas económicas incluidas por el Gobierno en el último Real Decreto para hacer frente a la crisis.

La Agencia Tributaria ya tiene disponible en su página web (www.agenciatributaria.es) la actualización del modelo 145 (PDF 164KB) de comunicación de datos al pagador para el cálculo de las retenciones sobre el rendimiento del trabajo relativo a la próxima Declaración de la Renta. Ése que a principios de cada año te entrega tu empresa para que especifiques tu estado civil y si tienes o no hijos o personas dependientes a tu cargo.

A partir de ahora, en él podrás incluir que pagas hipoteca —sólo en el caso de vivienda habitual—, lo que te permitirá aplicarte esta desgravación. Además, si compras un piso a mitad de año, igual que ocurre si tienes un hijo o te casas, puedes comunicar a tu empresa tu cambio de estado (de libre a hipotecado), y beneficiarte de este 2% menos de retención.

Esto supondrá aumentos en tus ingresos de entre 200 y 660 euros netos anuales. Aquí tienes algunos ejemplos que te pueden ayudar a ver el efecto de esta medida*:

Ingresos brutos anuales Tipo retención actual Nuevo tipo retención Ahorro anual neto
12.000 euros 1,66% 0% 199,20 euros
15.000 euros 7,33% 5,33% 300 euros
20.000 euros 11% 9% 400 euros
24.000 euros 13,33% 11,33% 480 euros
33.000 euros 16,78% 14,78% 660 euros

La medida, que es opcional —tú decides si quieres o no acogerte a ella— empezará a aplicarse en la nómina de enero de 2009, y no tiene fecha de finalización. Es más, desde el Ministerio de Hacienda nos han hecho saber que puede que perdure incluso una vez superada la crisis. "Habrá que estudiarlo", han dicho.

Eso sí, tendrás que tener en cuenta que acogerte a esta medida puede significar que la Declaración de la Renta de 2010 no te salga a devolver, o la devolución se reduzca, puesto que mensualmente se te ha ido reteniendo menos en tu nómina.


*Para un trabajador por cuenta ajena sin hijos a su cargo.

Di lo que quieras

Aceptar

Si quieres firmar tus comentarios puedes iniciar sesión »

En este espacio aparecerán los comentarios a los que hagas referencia. Por ejemplo, si escribes "comentario nº 3" en la caja de la izquierda, podrás ver el contenido de ese comentario aquí. Así te aseguras de que tu referencia es la correcta. No se permite código HTML en los comentarios.

Di lo que quieras

Lo sentimos, no puedes comentar esta noticia si no eres un usuario registrado y has iniciado sesión.
Si ya lo estás registrado puedes iniciar sesión ahora.

Volver a actualidad Volver a portada
subir Subir al principio de la página