Bogotá.- Un juez colombiano condenó a 31 años y ocho meses de prisión a dos militares que hace 11 años causaron la muerte de 17 civiles en un bombardeo a un caserío del Arauca, departamento de la frontera nordeste con Venezuela, informaron hoy fuentes periodísticas de Bogotá.
El mismo magistrado impuso seis años de cárcel a un tercer militar, que integraba con los otros dos la tripulación del helicóptero desde el cual fue lanzada la bomba de racimo que causó la tragedia.
El fallo fue dictado por el Juzgado 12 Penal del Circuito de Bogotá, que según el informativo Noticias Uno, de la televisión pública, acogió la petición de la fiscalía general de que sentenciara a los militares por homicidio doloso.
El diario colombiano El Espectador precisó que la pena mayor la recibieron el piloto y copiloto del helicóptero, los tenientes César Romero Padilla y Johan Jiménez Valencia, respectivamente. La pena menor fue para el técnico Héctor Mario Hernández.
La condena fue adoptada dentro de un nuevo juicio contra los procesados, todos ellos de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC), que realizaron el ataque, cerca del caserío Santo Domingo, con base en las coordenadas que les fueron suministradas por una aeronave estadounidense.
En la sentencia, el juez subrayó que "no se remite la menor duda de que las víctimas y todos los habitantes de Santo Domingo fueron expuestos de manera injustificada y desproporcionada a los efectos de un ataque aéreo de alta intensidad"
Los tres habían sido condenados previamente en septiembre del 2007 a seis años de prisión bajo el cargo de "homicidio culposo y lesiones personales culposas".
Pero la sentencia fue recurrida por la parte civil en el proceso ante el Tribunal Superior de Bogotá, instancia que el 30 de enero de 2008 "decretó la nulidad de lo actuado a partir del cierre de la instrucción".
El Tribunal de Bogotá consideró que "las conductas fueron cometidas y consumadas (por los militares) con dolo eventual", lo cual fue compartido por la fiscalía, que en la nueva vista pidió que los tres fueran declarados responsables de "homicidio en la modalidad de dolo eventual y lesiones personales dolosas".
En el juicio, el tribunal consideró que los procesados comprendían el resultado que podía producirse al lanzar tan cerca del poblado un artefacto explosivo, pero "pudiéndolo haber evitado no lo hicieron, asumiendo la suerte de las lesiones que pudieran ocasionar con su actuar".
El bombardeo fue realizado el 13 de diciembre de 1998 en Santo Domingo, aldea rural de la localidad de Tame, desde una de las aeronaves que participan en una operación por aire y tierra contra los frentes 10 y 45 de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
Además de los 17 muertos, cuatro de ellos menores de edad, la acción dejó 21 heridos, también civiles.
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