Puerto Lumbreras.- La instalación de cañones de luz convencional o láser dirigida al cielo está prohibida en el municipio de Puerto Lumbreras y puede llevar aparejada una multa de hasta 3.000 euros, según se desprende del articulado de la ordenanza reguladora de la protección de la contaminación lumínica, aprobada por el ayuntamiento y que acaba de entrar en vigor.
La ordenanza ya ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y en la misma se establecen las condiciones que tiene que cumplir cualquier instalación de alumbrado exterior en el municipio, con los objetivos de promover la eficiencia energética y el ahorro de energía y de proteger el medio ambiente nocturno.
Evitar "la intrusión lumínica en el entorno doméstico" y reducir el deslumbramiento de usuarios de la vía pública para aumentar la seguridad vial son otros de los fines de la ordenanza, que también persigue "permitir el disfrute y la observación del cielo nocturno" a los ciudadanos y a los astrónomos "profesionales o aficionados".
El articulado observa las recomendaciones de la Comisión Internacional de la Iluminación (CIE) y de la Oficina Técinca para la Protección de la Calidad del Cielo (OIPC) del Instituto Astrofísico de Canarias sobre el diseño de instalaciones y el establecimiento de niveles de iluminación.
La ordenanza considera, para las farolas urbanas, que las más eficientes y menos contaminantes son las de vapor de sodio a baja presión, que serán las que se instalen de forma preferente en el municipio, donde se evitarán "iluminaciones puntuales intensas que provoquen fuertes contrastes".
La intensidad lumínica del alumbrado público se reducirá desde las 22:30 horas en invierno y desde la una de la madrugada en horario de verano y se prohíbe el funcionamiento de rótulos luminosos comerciales en horario de noche.
El incumplimiento de los horarios, la falta de mantenimiento de las instalaciones o la falta de licencia de instalación son algunas de las infracciones clasificadas en la ordenanza, que incluye un cuadro de sanciones con multas de hasta mil euros para las leves y de hasta 3.000 para las graves.
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