Madrid.- El nuevo modelo de financiación autonómica que, previsiblemente, será aprobado el próximo miércoles en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, aumentará la capacidad normativa en los tributos cedidos a las comunidades.
Según la propuesta del Gobierno, que reconoce que el vigente contiene "importante competencias normativas", para profundizar en esa autonomías tributaria así como en el principio de la corresponsabilidad fiscal, se amplía su espacio fiscal mediante el incremento de sus competencias normativas hasta donde la normativa comunitaria y el principio de unidad de mercado lo permitan.
En el IRPF, seguirán teniendo competencias normativas sobre la tarifa y las deducciones de la cuota y se amplían al ámbito del mínimo personal y familiar y podrán añadir un suplemento, dentro de una banda, al fijado por el Estado.
En cuanto al mínimo personal y familiar, la principal novedad es que podrán acordar incrementos o deducciones, aunque para mantener "la necesaria coherencia" se fija un porcentaje máximo de variación, al alza o a la baja, del 10 por ciento.
En la tarifa autonómica de este impuesto, las comunidades podrán decidir la escala aplicable a la base liquidable general de sus residentes, con la condición de que sea progresiva y se elimina la restricción de mantener el mismo número de tramos que la tarifa estatal.
Sobre las deducciones de la cuota, aparte de las estatales, se amplía el espacio de las autonómicas con la posibilidad de aprobar deducciones por subvenciones y ayudas públicas que se perciben de la comunidad, siempre que no afecten al desarrollo de actividades económicas, a las rentas que se integran en la base del ahorro o a las rentas exactas.
En el impuesto sobre el Patrimonio se conservan las competencias actuales, así como en el de Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y los tributos sobre el Juego.
En cuanto al IVA, el Gobierno, en el marco que permita la normativa comunitaria, buscará fórmulas para que las autonomías puedan asumir competencias respecto a la tributación por este impuesto en la fase minorista con destino exclusivo a consumidores finales.
En los Impuestos Especiales de Fabricación armonizados: la cerveza, el vino y bebidas fermentadas, productos intermedios, alcohol y bebidas derivadas, hidrocarburos, labores de tabaco y electricidad, dados los imperativos de la UE, las comunidades seguirán si poder asumir competencias normativas, a excepción de los hidrocarburos.
El documento recuerda que la Comisión Europea emitió un dictamen que determina que el impuesto sobre las Ventas Minoristas de Denominados Hidrocarburos, el llamado céntimo sanitario, no se ajusta a la normativa comunitaria.
España y la Comisión negocian para que, dentro de ciertos límites, puedan existir diferencias territoriales en el impuesto armonizado sobre hidrocarburos, aunque es necesario una habilitación expresa a España en una directiva, en tramitación en la Comisión.
Precisa que cuando se reforme se permitirá a las autonomías añadir un suplemento sobre el tipo de este impuesto fijado a nivel estatal para determinados productos, con lo que tendrán capacidad normativa y de influencia en la recaudación del impuesto armonizado sobre hidrocarburos.
Aunque los tributos propios no forman parte del sistema de financiación, se propone revisar los límites actuales de la LOFCA, aunque no pueden afectar a la unidad de mercado.
Para la correcta aplicación del sistema tributario y luchar contra el fraude fiscal se acuerda unificar el Consejo Superior de Dirección y la Comisión Mixta de Coordinación de la Gestión Tributaria, potenciando el primero mediante la incorporación de la representación de todas las comunidades, así como las funciones que actualmente corresponden a la Comisión.
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