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La Fiscalía desinfla la causa de Garzón contra el PP

  • La Fiscalía reconoce que debe inhibirse, pero no en favor del Tribunal Supremo
  • El informe de Anticorrupción desmiente que haya cargos nacionales del PP implicados
  • El Ministerio Público ya se pronunció en el mismo sentido con anterioridad
Por ÁLVARO LLORCA (SOITU.ES)
Actualizado 04-03-2009 18:13 CET

Ya hay respuesta a la petición que hizo el juez Garzón el pasado día 24 para recabar la opinión de la Fiscalía Anticorrupción acerca de si debía inhibirse en favor del Tribunal Supremo en la instrucción de la 'Operación Gürtel' (lo que significaría la existencia de indicios que apuntaran a la implicación de algunos diputados, senadores o eurodiputados en la trama de corrupción que salpica a algunos cargos del PP, unos indicios que Garzón reconoció haber encontrado). Pues bien, la Fiscalía, con el estilo escueto del que suele hacer gala, "se ha ratificado en las conclusiones a que llegó en su anterior Informe", solicitándose la elevación de la causa "tanto al Tribunal Superior de la Comunidad Autónoma de Madrid como al de la Comunidad Valenciana". La Fiscalía ya emitió el 17 de febrero un informe en el que recomendaba la inhibición de Garzón en favor de dichos tribunales autonómicos, aunque fue desatendido por el juez.

Este pronunciamiento se ha interpretado como que la Fiscalía no ha encontrado indicios con respecto a la implicación de aforados nacionales (se apuntaba a Luis Bárcenas, tesorero del PP y senador por Cantabria, así como al eurodiputado Gerardo Galeote), aunque la Fiscalía no se refiera a ello explícitamente. Y es que, cuando hablamos de "estilo escueto" nos referimos, por ejemplo, a que la Fiscalía ni siquiera menciona en su nota al Tribunal Supremo, tal y como advierte Europa Press.

También, este pronunciamiento de Anticorrupción, aunque no es vinculante, puede leerse como un tirón de orejas hacia el juez Garzón. En la providencia en la que solicitaba la opinión de la Fiscalía sobre su posible inhibición en favor del Tribunal Supremo, Garzón pedía una respuesta en un plazo de 48 horas. Sin embargo, la Fiscalía afirmó que tomaría el plazo necesario para estudiar la situación, ya que la ley no marca ningún plazo concreto para tal procedimiento. La decisión de hoy supone un nuevo desencuentro entre Anticorrupción y el juez de instrucción.

Desde que salió a la luz pública el caso y arrancó la toma de declaración de los imputados, se ha extendido la polémica de si Garzón está procediendo de forma correcta en la instrucción de la causa, ya que le está costando mucho inhibirse, a pesar de haber reconocido la existencia de indicios que apuntan a la implicación de aforados. Y hay que recordar que el juez pierde su competencia para instruir el caso en el momento en que aparecen indicios racionales de que una persona aforada está implicada en el caso, sin necesidad de que esta persona haya sido formalmente imputada. Y que el artículo 303 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal concreta que "los Jueces de instrucción remitirán las diligencias en el término más breve posible, que en ningún caso podrá exceder de tres días, al Tribunal competente".

Muchos han acusado a Garzón de retener injustificadamente la instrucción en sus manos para influir en el resultado de las elecciones gallegas y vascas (si fue así, la verdad es que no triunfó precisamente en Galicia) o de "instruir una causa general contra el PP". El supuesto 'modus operandi': retener el caso, mantener el secreto de sumario y soltar pequeñas píldoras de información referentes a la posible participación de cargos del PP en la operación, aunque sin citar nombres. Esto ya nos llevó a preguntarnos: ¿Está jugando el juez Garzón con el secreto de sumario?

Si Garzón siguiera las indicaciones de la Fiscalía habría de inhibirse en favor de los Tribunales Superiores autonómicos, debido a que juez y Fiscalía comparten la constancia de que haya indicios de participación en la trama de presidentes y diputados autonómicos, que son los cargos que tienen calidad de aforados ante los tribunales de las Comunidades Autonómicas. Los nombres que se han barajado a este respecto y que más han sonado en los medios son los de Francisco Camps, presidente de la Generalitat Valenciana, y los de tres diputados en la Asamblea de Madrid: Alberto López Viejo, Benjamín Martín Vasco y Alfonso Bosch.

¿Qué hará Garzón a partir de ahora? No es descartable que Garzón tome cartas en el asunto con rapidez, porque la postura de la Fiscalía puede suponer que su causa empiece a deshincharse. Aunque la Fiscalía, dentro de la brevedad de su nota de hoy, reconoce que la elevación de la causa a los Tribunales Superiores no supone "el perjuicio de que pueda continuar el Juzgado la instrucción de la causa hasta tanto se resuelva la competencia por los Órganos Judiciales competentes". Y es que el artículo 25 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que "Entretanto no recaiga decisión judicial firme resolviendo definitivamente la cuestión promovida o aceptando la competencia, el juez de instrucción que acuerde la inhibición a favor de otro de la misma clase seguirá practicando todas las diligencias necesarias para comprobar el delito, averiguar e identificar a los posibles culpables y proteger a los ofendidos o perjudicados por el mismo".

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