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Pagarán 12.000 euros por la muerte de un hombre tras contraer legionella en un hospital

EFE
Actualizado 26-10-2008 10:22 CET

Valencia.-  La Generalitat pagará una indemnización de 12.000 euros, en concepto de daños morales, a la hija de un hombre que falleció tras contraer legionella en un hospital público valenciano, según un dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC).

Los hechos se remontan a julio de 2002, cuando un hombre fue ingresado en la planta de neumología de un hospital valenciano para la realización de unas pruebas rutinarias relacionadas con la enfermedad respiratoria crónica que sufría, y compartió habitación con un enfermo de legionella.

Tres días después, el hombre volvió al hospital al haber empeorado su estado de manera considerable, y se le remitió a otro centro hospitalario, que le diagnosticó que padecía neumonía por legionella, y donde falleció a finales de agosto por parada cardiorrespiratoria.

La hija del hombre presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial a la Generalitat, por entender que la muerte de su padre fue debida a la legionella que contrajo en el hospital, que le provocó un agravamiento en la enfermedad crónica que padecía y que no le impedía hacer vida normal, acelerándola hasta llevarle a la muerte.

Según el CJC, los informes que acompañan al expediente reflejan que la posibilidad de que la enfermedad se contagiara en el hospital es "amplia", al haber estado ingresado el paciente casi dos semanas en los dos días anteriores al inicio de la clínica, sin que exista una demostración evidente de que la hubiera podido contraer fuera del hospital.

Además, el informe del inspector médico recoge que el paciente era un caso confirmado por la detección de antígeno a legionella pneumophila "probable por haber estado ingresado en una institución hospitalaria al menos un día en los diez días anteriores al inicio de la clínica".

Por ello, este organismo considera que existe un nexo causal entre el ingreso del paciente en el centro hospitalario y el daño, y recuerda la existencia de jurisprudencia en casos análogos en la que se declara la responsabilidad patrimonial de la Administración por las infecciones contraídas en el ámbito hospitalario.

Respecto a la cantidad de la indemnización, la reclamante solicitaba un total de 84.000 euros, si bien el CJC ha optado por "moderar" esa cifra, atendiendo al estado de salud del paciente, afectado por una patología respiratoria de base (enfermedad pulmonar obstructiva crónica), además de otras patologías.

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