MADRID.- No hay razón para ello, pero son muchos los españoles que, atemorizados por las noticias de la crisis y las quiebras bancarias internacionales, se preguntan si sus ahorros están a salvo en su banco o caja de toda la vida. Para devolver la confianza a sus ciudadanos, algunos países, como Portugal, Alemania, Irlanda o Grecia, han aumentado las garantías que hasta el momento ofrecían a los ahorradores locales. El vicepresidente segundo y ministro de Economía, Pedro Solbes, no ha descartado hoy la posibilidad de adoptar medidas de forma unilateral para garantizar los depósitos en España si no hay una decisión de la Unión Europea al respecto. Aún así, hay quien se está planteando trasladar su dinero a una entidad perteneciente a uno de estos países. Pero, ¿es esto recomendable?
En España ejercen su actividad más de 140 entidades que no son cien por cien nacionales. Muchas de ellas están sometidas al régimen de garantía español, pero hay otras que dependen de los regímenes establecidos en sus países de origen. El Fondo de Garantía de Depósitos nacional avala, hasta el momento, la recuperación de 20.000 euros por cliente y entidad. Es decir, que si en tu cuenta sois dos titulares y tenéis ahorrados 50.000 euros, en caso de quiebra recuperaríais 40.000 (20.000 por cada uno). Para recuperar la totalidad de tus ahorros, podríais incluir a una tercera persona como titular de la cuenta, o ingresar la parte que no cubre el Estado en otro banco. No obstante, esta situación podría variar en los próximos días, si se acepta la propuesta del presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durão Barroso, de duplicar el límite de garantía de los fondos de 20.000 a 40.000 euros por cliente.
Pues depende del régimen de garantía al que esté sujeta la entidad en cuestión, por lo que el catedrático de Economía de la Uned, Fernando Pampillón, aconseja consultar si el banco al que pretendes trasladar tu dinero está sujeto al régimen español o al del país de origen de la entidad. En este sentido, aclara que hay una gran diferencia entre sucursales y filiales bancarias, porque de esta clasificación depende el sometimiento a uno u otro régimen. Si se trata de sucursales, están sometidas a los parámetros legales de su país de origen; mientras que si hablamos de filiales, dependen del país en el que se instalan.
Barclays Bank, Deutsche Bank SAE, Banco Caixa Geral, Banco Cetelem, Banco Finantia Sofinloc, entre otras, son filiales de bancos extranjeros, que tienen ficha bancaria propia en nuestro país, por lo que se acogen al Fondo de Garantía español y avalan hasta 20.000 euros por titular y banco.
SIn embargo, ABN Amro, Banco BPI, Banco Espirito Santo, ING Direct, Banco Primus, Banco Sygma, Boursorama, o Dresdner Bank, entre otros, operan en España sin ficha propia, como sucursales de sus bancos de origen. En estos casos, los ahorros de los clientes están asegurados por el fondo de garantía de depósitos del país de la matriz y no por el español, con lo que las cantidades cubiertas pueden variar, e incluso superar a las españolas. Hay que conocer, por tanto, cuánto cubre ese fondo de garantía para conocer los límites asegurados.
Los expertos aconsejan ser "cautos" y mantener la calma, por varias razones:
Si quieres firmar tus comentarios puedes iniciar sesión »
En este espacio aparecerán los comentarios a los que hagas referencia. Por ejemplo, si escribes "comentario nº 3" en la caja de la izquierda, podrás ver el contenido de ese comentario aquí. Así te aseguras de que tu referencia es la correcta. No se permite código HTML en los comentarios.
Lo sentimos, no puedes comentar esta noticia si no eres un usuario registrado y has iniciado sesión.
Si ya lo estás registrado puedes iniciar sesión ahora.