Pamplona.- El pamplonés de 27 años imputado por el homicidio de la joven de Irún Nagore Laffage ha reconocido la autoría del crimen ante la jueza de instrucción número 2 de Aoiz, que esta noche ha acordado su ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza.
En el auto, la jueza relata que "existen indicios racionales de criminalidad" frente al detenido como presunto autor del homicidio consumado de la joven, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en un comunicado.
Así, destaca en primer lugar que, en la declaración prestada primero ante la policía y, posteriormente, en el juzgado, el imputado reconoció ser el autor de la muerte de la joven, a la que, según aseguró, no conocía con anterioridad.
La juez también se basa en las manifestaciones de dos testigos para corroborar la autoría del crimen por parte del inculpado y en este sentido, explica cómo el encausado llamó a un amigo al que dijo que había realizado "algo muy malo".
Además le contó que se encontraba en el interior de su vivienda "una chica muerta" con la que había estado y que no tenía intención de entregarse a la policía ya que no quería "arruinar la vida de su familia". El testigo, según relata la juez, le conminó a acudir a la policía, a lo que el inculpado se negó.
Por otra parte, según consta en la resolución judicial, la tesis de que el imputado estuvo con la víctima la mañana del 7 de julio viene corroborada por la declaración de un testigo protegido que afirma que coincidió con ambos sobre las 7,45 en el portal.
Para este testigo, por la forma en que la víctima se dirigió al imputado "no mantenían ningún tipo de relación, ni de amistad ni de pareja", si bien, prosigue el auto, puede ser que le conociera por el simple hecho de la profesión que él desempeñaba como médico residente en la Clínica Universitaria.
Sobre el lugar del crimen, la juez apunta que está corroborado tanto por la declaración del encausado como por las pruebas aportadas por la Policía Foral que los hechos tuvieron lugar en el domicilio de él, ubicado en el barrio de San Juan de Pamplona.
A la conclusión de la declaración, el Ministerio Fiscal solicitó el ingreso en prisión del detenido, ya que, a su juicio, el imputado cometió un delito de homicidio, tal y como se deduce de la comisión de los hechos mediante asfixia.
Según expuso, con el encarcelamiento provisional se evita "un riesgo de fuga alto", ya que los hechos imputados llevan aparejada una pena máxima de 15 años de prisión.
La defensa, por su parte, se opuso al entender que, el hecho de que el inculpado no se hubiera fugado tras haber hablado con sus padres y después de que éstos hubieran llamado a la policía, pone de manifiesto su falta de intención de sustraerse a la acción de la justicia.
En la resolución, la juez acuerda la prisión provisional para impedir que el imputado se fugue y porque, según asevera, esta medida cautelar resulta proporcionada "a la gravedad de los hechos denunciados".
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