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Condenado a 44 años de cárcel por asesinar a su ex mujer e intentar matar a su hijo

EFE
Actualizado 24-06-2008 16:06 CET

Oviedo.-  La Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a 44 años de cárcel a José María S.D. por asesinar de dieciséis puñaladas el 13 de julio de 2006 en el barrio de Portuarios de Gijón a su ex mujer, la joven Desiré P.P., e intentar matar a su hijo, que tenía entonces dos años.

Así lo acuerda el tribunal en una sentencia, en la que además prohíbe al condenado aproximarse a su hijo, a su domicilio o al lugar donde se encuentre, así como a comunicarse con él por cualquier medio durante diez años más al de la duración de la pena impuesta, y al que deberá indemnizar en 131.800 euros.

La Sala declara probado que el procesado, ovetense de 47 años, había mantenido durante unos tres años una relación de pareja sentimental y de convivencia con Desiré P.P., con la que tuvo un niño, y que la misma se hallaba rota a principios de julio de 2006, dado que la joven había iniciado otra hacía aproximadamente unos dos meses, lo que no era aceptado por el acusado que quería que ella volviera con él.

Ambos habían acordado las relaciones paterno filiales con su hijo de tal forma que cuando ella iba a trabajar se hacía cargo del menor él hasta que la joven salía del trabajo sobre las ocho de la tarde, cuando lo recogía en un bar próximo al domicilio del acusado, en la calle de Portuarios de Gijón, que ella ya había abandonado en mayo.

La sentencia añade que como Desireé no tenía intención de reanudar la convivencia con José María éste decidió acabar con su vida y así el día 13 de julio de 2006 no llevó al niño al bar donde habitualmente la madre lo recogía, sino que se quedó con él en el domicilio esperando a la joven para matarla una vez que fuese a buscar al niño.

Así lo hizo Desireé sobre las ocho u ocho y cuarto y una vez en el interior de la vivienda el procesado, aprovechando que su ex compañera no esperaba ser atacada y que no podía escapar, la atacó con un cuchillo de cocina con una hoja de unos 3,5 centímetros de ancho, con el que le asestó dos puñaladas en la zona izquierda del tórax, que penetraron en el corazón.

Posteriormente, cuando la víctima se hallaba abatida, José María, con otro cuchillo con una hoja más pequeña le propinó oras catorce puñaladas en distintas partes del cuerpo, entre otras, en tórax, brazo, nariz, mandíbula, cuello, mejilla y cabeza.

Seguidamente se dirigió al niño y con ánimo de matarle le asestó seis puñaladas en el tórax, cinco en la palma de su antebrazo izquierdo y una en la mano derecha, acostándole con él posteriormente hasta las doce de la noche aproximadamente, cuando fue localizado y trasladado al hospital de Jove de Gijón y luego al Materno Infantil de Oviedo.

El tribunal indica que el procesado no tenía ninguna enfermedad que limitara su capacidad volitiva e intelectiva ni se hallaba bajo los efectos de ninguna sustancia estupefaciente ni del alcohol.

La Sala establece además que el condenado indemnice con 40.000 euros a la madre de la fallecida y con 25.000 y 20.000 a cada una de sus dos hermanas.

El tribunal califica los hechos como constitutivos un delito de asesinato consumado y otro en grado de tentativa, y aprecia las circunstancias de alevosía y ensañamiento, así como de parentesco.

Rechaza la petición de la defensa de aplicar la atenuante de obcecación por celos, ya que "el deseo de poner fin a una relación conyugal o de pareja no puede considerarse como un estímulo poderoso para la otra parte y no tiene eficacia para sustentar tal circunstancia por un posible arrebato".

Recuerda que "en ese prototipo de individuo celoso, expresó reiteradamente que" ella "o era para él o no sería para nadie".

Para el tribunal se trata de "una mala persona que no muestra ningún tipo de arrepentimiento, que tiene una frialdad afectiva inalterable".

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