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Desestimada la apelación contra el archivo de la causa por accidente de Metro

EFE
Actualizado 08-05-2008 20:30 CET

Valencia.-  La Audiencia de Valencia ha desestimado el recurso de apelación presentado contra el archivo de la causa sobre el accidente de metro en el que murieron 43 personas, al entender que el conductor del convoy siniestrado tuvo una conducta "insólita, inaudita, inesperada, imprevisible y aún inexplicable".

El auto de la sección Primera, hecho público hoy, desestima así el recurso presentado por familiares de algunas de las víctimas contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia de archivar definitivamente el procedimiento abierto como consecuencia del accidente del 3 de julio de 2006 en la línea 1.

El pasado 29 de febrero, el citado Juzgado ya desestimó el recurso contra ese archivo al entender que la responsabilidad penal había quedado extinguida al fallecer el conductor.

Según señala el nuevo auto, "en modo alguno era previsible que el conductor del tren rebasara la velocidad del convoy como lo hizo", y una vez demostrado que el descarrilamiento fue la causa material del accidente y que éste se produjo por exceso de velocidad, "todavía hoy se ignora el porqué de esa conducta".

Por esa razón "se desprende que menos aún podía preverse al tiempo de confección de las medidas de seguridad" y se destaca "la normal circulación que venía desarrollándose desde la entrada en funcionamiento de la línea, razón por la que no existía tampoco ninguna norma que reglamentara algo acerca de un hecho absolutamente imprevisible".

Ante la conducta del maquinista al entrar en la curva previa a la estación de Jesús, la Audiencia ve "razonable y jurídicamente irreprochable que no se adoptara ninguna medida con el fin de evitar sus consecuencias".

En cuanto al planteamiento del recurso de apelación, que aducía también a la comisión de un delito de imprudencia por parte de los responsables de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), el auto lo invalida desde el punto de vista jurídico-penal porque se basa "en la evitabilidad del accidente, no en su previsibilidad".

"Después del descarrilamiento imprevisto sabemos -añade- que una baliza programada para evitar que el tren superara la velocidad de 65 kilómetros por hora habría impedido que se produjera", al igual que si la velocidad del convoy estuviera programada con el mismo límite, si éste fuera conducido por dos maquinistas "o que las curvas se eliminaran en el trazado subterráneo".

Esas hipótesis no son jurídicamente valorables, según el auto, como tampoco lo son el posible cansancio del maquinista, "la aludida poca experiencia en la conducción, los horarios denunciados, los riesgos de la curva puestos de manifiesto sindicalmente y cualquier otra crítica al sistema vigente, que por otra parte no guardan siquiera relación de causalidad" con la tragedia.

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