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Rechazan un proyecto que ratifica la convención interamericana de desaparición forzada

EFE
Actualizado 30-09-2009 03:32 CET

Valparaíso (Chile).-  La Cámara de Diputados chilena rechazó hoy el proyecto que ratifica la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

El texto requería un mínimo de 69 votos para su aprobación, sin embargo solo recibió 57 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención.

El instrumento internacional, adoptado el 9 de junio de 1994 en Belém do Pará, Brasil, por la OEA, buscaba contribuir a la prevención y sanción de eventuales desapariciones forzadas de personas, que ocurran a futuro en el continente.

Sin embargo a raíz de este rechazo la iniciativa no proseguirá su tramitación, lo que ya ocurrió hace dos años cuando también se intentó ratificar la normativa.

Durante el debate el ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo, recordó que el parlamento aprobó a principios de año un instrumento similar de la ONU, por lo que cuestionó el actual rechazo.

"Habiendo esta propia cámara aprobado la convención de Naciones Unidas contra la desaparición forzosa de personas, no se ve razón alguna para que hoy no pueda hacerse lo propio", precisó

En tanto, la diputada socialista Isabel Allende se preguntó "¿que va a ser de este país?", debido a la actitud de los parlamentarios de la derecha que a su juicio "respaldan este tipo de violación a los derechos humanos".

"Parece que tenemos todavía diputados que no se dan cuenta que el delito más grave más inhumano y más atroz que puede existir es la desaparición forzada de personas", agregó.

La normativa que declara sin amnistía el delito de desaparición forzosa, podría ser ingresada a trámite por el Senado, con el objeto de salvar su tramitación, alternativa que sin embargo, no ha sido confirmada por el Gobierno.

La Convención de la OEA precisa que los Estados parte contraen compromisos fundamentales como no practicar, permitir ni tolerar la desaparición forzada de personas, ni aún en estado de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales.

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