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La Caixa y Caja Madrid exigen al Supremo que les absuelva de pagar en Gescartera

EFE
Actualizado 28-09-2009 07:41 CET

Madrid.-  El Tribunal Supremo examinará a partir de hoy los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional en el caso Gescartera, entre ellos, los de La Caixa y Caja Madrid, que exigen que se les exima de pagar a los clientes los 87,99 millones de indemnizaciones o que se limite sustancialmente esa cantidad.

En los escritos presentados ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, las dos entidades financieras sostienen que no realizaron ningún acto ilícito que provocara o ayudara a ampliar el agujero de la agencia de valores, que fueron condenadas a sufragar en concepto de responsables civiles subsidiarias.

Ambas entienden en cualquier caso que la sentencia de la Audiencia Nacional se excedió en cuanto a las cantidades a pagar, ya que además de superar las solicitadas por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares, les condena a pagar todo el déficit de Gescartera desde su creación en 1992 y no del generado a partir de 1998 y 1999, cuando empezaron a trabajar con la agencia respectivamente.

La Caixa, cuyos directivos de la oficina de Majadahonda (Madrid) fueron condenados como cómplices de un delito de apropiación indebida, rechaza lo que denomina una "condena retroactiva de responsabilidades civiles" al señalar que sólo se le puede pedir que indemnice por los hechos derivados de sus "concretas participaciones delictivas".

La entidad admite que, según los informes periciales que encargó, de las cuentas abiertas en sus oficinas por Gescartera "sólo han podido existir apropiaciones indebidas por importe de 1.196 millones de pesetas (7,2 millones de euros)", un importe que contrasta con los cálculos del Ministerio Fiscal, que se elevan a 26,4 millones.

En el recurso, preparado por el despacho González-Cuéllar, La Caixa también arremete contra la Audiencia Nacional al afirmar que la cuantificación del déficit a pagar "parte de un error de concepto, ya que incluye el causado también por actuaciones lícitas".

En cualquier caso, la caja catalana afirma que sus directivos "actuaron siempre de forma lícita y conforme a la práctica bancaria" y que la emisión de certificados de supuestos fondos recibidos de Gescartera "no fue suficiente para sostener el engaño frente a la CNMV", ya que a su juicio "fue necesario complementarlo con otros documentos falaces".

Por su parte, Caja Madrid, asesorada por CMS Albiñana y Suárez de Lezo, niega que vulnerara legislación alguna y que utilizara una cuenta para disponer de los fondos de los clientes sin poderes de éstos, ya que insiste en que estaba "debidamente facultada y expresamente apoderada para operar en el Mercado Bursátil por orden de Gescartera y por cuenta de los clientes de ésta", a través de los contratos de gestión discrecional de carteras que habían firmado.

Además de denunciar también que se le ha hecho responsable del déficit generado antes de que empezara a trabajar con Gescartera, Caja Madrid destaca que fueron varias las entidades que operaron en nombre de la agencia y por cuenta de sus clientes (por ejemplo, Link Securities, HSBC, Beta Capital, Eurosafei y Benito y Monjardín).

"Caja Madrid Bolsa actuó como una más de las entidades de subcustodia y llevanza de las cuentas de valores de Gescartera desde el 10 de noviembre de 1999, pero la sentencia de la Audiencia Nacional la hace responsable subsidiaria por la completa situación patrimonial de desbalance" desde 1992, se queja la entidad presidida por Miguel Blesa.

También denuncia que por sus cuentas "no transitó la totalidad de los fondos y títulos administrados por Gescartera por cuenta de sus clientes" y que sin embargo se le condena por la totalidad del agujero.

Todos los condenados han recurrido la sentencia que hizo pública la Audiencia Nacional el 27 de marzo de 2008, empezando por el dueño de Gescartera, Antonio Camacho, que fue condenado a 11 años de cárcel por apropiación indebida y falsedad documental, junto con otros cinco colaboradores y los dos empleados de la caja catalana.

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