Secciones bajar

El PP no podrá ejercer la acusación particular en el "caso Gürtel" en el TSJM

EFE
Actualizado 24-07-2009 16:19 CET

Madrid.-  La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la decisión del magistrado instructor del "caso Gürtel", Antonio Pedreira, que permitía al PP ejercer la acusación particular, al considerar que esta formación política sólo puede personarse como acusación popular.

En un auto hecho público hoy la Sala Civil y Penal argumenta que "sólo quien es titular del bien jurídico que la ley tutela y que el delincuente ha lesionado puede ser considerado ofendido o perjudicado por el delito".

De esta forma, el tribunal admite el recurso de la Fiscalía, ya que "no cabe admitir" la actuación del Partido Popular como acusación particular "por no ser titular de los bienes jurídicos afectados por los delitos que en la causa se persiguen".

El pasado 23 de mayo el magistrado Antonio Pedreira, que investiga en el TSJM la trama de corrupción dirigida por Francisco Correa, rechazó el recurso del fiscal y admitió la personación como acusación particular del PP porque consideró que esta formación política podía ostentar la condición de perjudicado.

Sin embargo, el auto conocido hoy revoca esta decisión y explica que "tampoco parece admisible el tipo de ofensa o de perjuicio a que se refiere en su escrito de personación el Partido Popular", en relación a las noticias aparecidas en los medios de comunicación, que -según el PP- le han atribuido una ficticia vinculación con los hechos difundidos.

Estos perjuicios mencionados por el PP no son para la Sala de lo Civil y Penal del TSJM motivo suficiente para admitir que dicho partido ejerza la acusación particular.

Además, indica que incluso para ejercer la acusación popular es preciso que los perjudicados o lesionados sean los afectados por la infracción de que se trata y que "su menoscabo se produzca como consecuencia directa o inmediata del hecho delictivo, sin la mediación o intervención de otros factores ajenos", como pueden ser la difusión de los hechos.

Por último, el tribunal ratifica la fianza de 1.500 euros impuesta al PP para ejercer la acción popular en la causa.

Di lo que quieras

Aceptar

Si quieres firmar tus comentarios puedes iniciar sesión »

En este espacio aparecerán los comentarios a los que hagas referencia. Por ejemplo, si escribes "comentario nº 3" en la caja de la izquierda, podrás ver el contenido de ese comentario aquí. Así te aseguras de que tu referencia es la correcta. No se permite código HTML en los comentarios.

Di lo que quieras

Lo sentimos, no puedes comentar esta noticia si no eres un usuario registrado y has iniciado sesión.
Si ya lo estás registrado puedes iniciar sesión ahora.

Volver a actualidad Volver a portada
subir Subir al principio de la página