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El TSJCYL confirma la condena de 36 años de cárcel por matar a su padre y hermana

EFE
Actualizado 16-06-2009 13:28 CET

Valladolid.-  El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha confirmado la sentencia de 36 años de cárcel para Isamel V.S., por asesinar a su padre con una catana y a su hermana con un cuchillo de cocina, y darles muerte mientras era consciente de los actos que cometía.

La sentencia del TSJCYL, a la que ha tenido acceso Efe, rechaza así el recurso planteado por la defensa del encausado a la sentencia de la sección cuarta de la Audiencia de Valladolid, que condenó a Ismael V.S. a dieciocho años de prisión por cada uno de los dos asesinatos cometidos, en ambos casos con agravante de parentesco.

El recurso de apelación incluyó, entre otras alegaciones, la supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia y la solicitud de anular la sentencia de la Audiencia y repetir la vista con un nuevo jurado, argumentos que desecha el TSJCYL.

Al analizar cada base del recurso, la sentencia explica que el jurado contestó una por una las cuestiones del objeto del veredicto -a excepción de la cuestión número 25- y respondió primero a los hechos probados y en un segundo bloque a los no probados.

Precisa la resolución del TSJCYL que el jurado contestó a todas las cuestiones por "unanimidad" y añadió una referencia pormenorizada de los elementos de prueba que le sirvió de base para fundamentar su decisión.

A continuación la Magistrada Presidente se limitó a completar esas manifestaciones en la sentencia "con suficiente detalle", de modo que ha quedó "perfectamente" establecido cual fue el proceso lógico en la elección de los elementos probatorios, así como la preferencia de unos sobre otros.

Cita en particular lo relativo a la forma súbita y brutal con la que el acusado llevó a cabo ambas muertes y la plena conciencia con la que actuó en todo momento.

Se refiere la resolución a la alegación en el recurso de la ausencia de respuesta del jurado a la cuestión 25 del objeto del veredicto.

Recuerda el TSJCYL que los encargados de la deliberación declararon no probado que el acusado tenía anulada sus facultades mentales (cuestión 23) y tampoco aceptaron que las tuviera notablemente afectadas cuando causó las muertes (cuestión 24).

Con estas respuestas se cerró "toda posibilidad" de apreciar la existencia de una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal consistente e una anomalía o alteración psíquica determinante de la apreciación de una eximente de responsabilidad criminal o una atenuante.

Resume el TSJCyL que del conjunto de las respuestas del jurado se deduce "con claridad" que sus miembros obtuvieron su "convicción" en relación con la plena capacidad del acusado para conocer los que estaba haciendo.

La sentencia de la Audiencia de Valladolid consideró probado, tras el veredicto del jurado, que los hechos ocurrieron el 26 de junio de 2007 en la casa que compartían el encausado, su madre y las dos víctimas mortales, en la calle Hogar de Valladolid.

Allí, "sin que hubiera mediado discusión previa", el acusado, armado con un cuchillo de cocina de quince centímetros de hoja, entró en el dormitorio de su hermana, que estaba tumbada en la cama, y le clavó repetidamente el cuchillo "con intención de quitarle la vida", cuando ella estaba desprevenida y sin posibilidad de defensa.

Posteriormente, el padre del procesado, que se encontraba en la planta baja de la casa, subió las escaleras y sufrió en el primer descansillo el ataque de Ismael V.S., "que quería darle muerte".

Le asestó así, de forma sorpresiva e inesperada para el padre, un golpe en la cabeza con una catana de 69 centímetros de hoja, al que siguieron otros reiterados sin que el progenitor pudiera repelerlos.

Causó las dos muertes sabiendo que se trataba de su padre y su hermana y sin padecer enfermedad mental alguna que anulara sus facultades mentales ni las disminuyera notablemente, estableció la sentencia de la Audiencia, ahora ratificada por el TSJCyL.

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