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Condenan a Crespo y a dos ex ediles del GIL a la devolución de más de 112.000 euros

EFE
Actualizado 09-06-2009 20:25 CET

Estepona (Málaga).-  El Tribunal de Cuentas ha condenado al concejal del Partido Estepona y ex edil del GIL, José Ignacio Crespo, y a dos ex ediles más de este partido, Antolín González Quintana y Víctor Sánchez Pinacho, a devolver un total de 112.689,77 euros por un delito de alcance contable.

El tribunal cifra el alcance causado en los fondos de la empresa Obras Estepona XXI, creada bajo el gobierno del GIL entre 1995 y 1999, en 521.501,63 euros, según ha informado en un comunicado el grupo político Convocatoria, que ejerció la acción pública.

La sentencia ha estimado el recurso formulado por el Ministerio Fiscal, que se adhirió a las pretensiones de la acción pública, y ha declarado que ha existido daño en los fondos municipales por pagos indebidos, "como los realizados a Agrojardín y a ciertas agencias de viajes", o injustificados "como los realizados al abogado, Juan Carlos Rivera, o al contable de Soporte Financiero".

Además, el tribunal los ha condenado como responsables subsidiarios de 85.570,47 euros, en caso de que los herederos de Antonio Pérez Quero se declaren insolventes.

La acción pública ejercida por el grupo político Convocatoria solicitó que se declarase como alcance la cantidad de 4.181.651 euros.

Por su parte, las representaciones del Ayuntamiento y de la sociedad Obras Estepona XXI, siendo alcalde Antonio Barrientos (PSOE), solicitaron 89.808,30 euros por lo que el consejero de instancia "debió declarar como alcance el daño que, a su juicio, se causó a los caudales públicos, es decir, la 522.740,41 euros".

Para Convocatoria, la sentencia demuestra que "podían haberse reclamado con éxito todos los pagos realizados por el Consejo de Administración" a los miembros de los Comités de Coordinación, que pagaban a sus catorce integrantes trescientos euros mensuales por la asistencia a unos comités que no se ha probado que existieran, según la sentencia.

Se ha obtenido condena de responsabilidad directas por este concepto en aquellas sociedades en las que ha demandado el Partido Convocatoria, que presentó demanda en tres de las 14 sociedades fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas.

El partido ha recordado que las demandas fueron interpuestas cuando Barrientos gobernaba con José Ignacio Crespo en el periodo de gobierno 2003-2007, y que nombró como abogado al que lo era también de José Ignacio Crespo" y le marcó las líneas a seguir, que fueron dañinas para el interés general, según Convocatoria.

Esta sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, se suma a las dictadas por el Tribunal de Cuentas que condenó a los tres ex ediles a devolver 234.150,90 euros a las empresas Planeamiento Estepona XXI y Servicios Estepona XXI, y otros 306.002,45 euros como responsables subsidiarios en caso de que la herencia del gerente no saldará la pena.

También han sido condenados subsidiariamente en otras tres sociedades por importe de 83.942,62 euros, relativas a las empresas Imagen Estepona XXI, Estepona XXI, Control Servicios y Empleo Estepona XXI, en las que ya no cabe interponer recurso.

Crespo permanece en libertad bajo fianza de 150.000 euros tras su imputación en el caso Astapa, como presunto autor de los delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación y blanqueo de capitales.

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