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El TS dictamina en contra de los objetores de conciencia de La Rioja

EFE
Actualizado 01-06-2009 14:25 CET

Logroño.-  El Tribunal Supremo (TS) se ha pronunciado a favor de los recursos de casación interpuestos por el Fiscal y el Abogado del Estado y anula más de veinte sentencias del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja favorables al derecho de objeción de conciencia en la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

El director de la Alta Inspección de Educación, Manuel Medrano, ha informado hoy de las resoluciones judiciales del TS sobre los más de veinte recursos presentados en esta Comunidad.

Ha explicado que todas las sentencias confirman la validez de la resolución de la Consejería de Educación del Gobierno de La Rioja de 28 de mayo de 2008 y fallan en contra del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que daba la razón a los padres de los alumnos objetores.

En estas sentencias, al igual que las dictadas para otras Comunidades Autónomas, el Tribunal Supremo entiende que no cabe lugar el derecho a la objeción de conciencia en el ordenamiento jurídico español y que los decretos ministeriales que desarrollan la asignatura de Educación para la Ciudadanía "se ajustan a la legalidad", ha precisado Medrano.

Ha recalcado que, conforme a estas sentencias, "no hay derecho a objetar ni a faltar a clase de la citada asignatura, cuyos contenidos son constitucionales".

También ha dicho que los alumnos objetores afectados en estos recursos han perdido parte del curso y será la Consejería de Educación, ha dicho, la que resuelva.

Las sentencias, ha precisado, son recurribles ante el Tribunal Constitucional.

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