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Denegada la suspensión cautelar de las ayudas a familiares de presos de ETA

EFE
Actualizado 19-05-2009 16:38 CET

Bilbao.-  El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha denegado la suspensión cautelar de la convocatoria de ayudas de este año del Gobierno Vasco para sufragar los viajes a los familiares de presos de ETA tal y como solicitaba la Abogacía del Estado.

Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal vasco en un auto hecho público hoy en el que deniega esa medida cautelar solicitada por el Estado en el marco del recurso interpuesto contra la orden de 4 de marzo de 2009 por la que el anterior departamento vasco de Justicia convocó para el presente año las ayudas destinadas a subvencionar desplazamientos de familiares para visitar a personas en prisión.

La Sala considera que en este caso no concurre el necesario principio de que, si no se acuerda esa suspensión cautelar, el recurso perderá su finalidad, ya que según dice, en el caso de prosperar el recurso las ayudas otorgadas podrían ser reembolsadas.

Además, el tribunal afirma que "no aprecia con la evidencia necesaria" que esas ayudas trasgredan los derechos a la paz, la libertad y la convivencia recogidos en la Ley de Reconocimiento y de Reparación de las Víctimas del Terrorismo, ya que aunque se admita que en la mayoría de los casos tales ayudas irán a familiares del "círculo etarra", "ello no entraña necesariamente una legitimación ética, social y política del terrorismo".

"Forzoso resulta distinguir penalmente a unos de otros, sin que el mero hecho de ser familiar de un penado comunique la culpa", insiste la Sala en un auto -fechado el pasado 14 de mayo- contra el que cabe recurso de súplica en el plazo de cinco días.

El tribunal indica que estas ayudas están fundadas "en apariencia" en un "estado de necesidad de los familiares de los presos que se ven obligados a efectuar largos desplazamientos para velos y comunicarse con ellos" y dice que "dentro de las numerosas situaciones de necesidad de nuestra sociedad, supone una opción política" identificar esa situación de necesidad y su prelación sobre otras a la hora de realizar la asignación de recursos.

"Opción -continúa la Sala- que podrá o no compartirse, pero que, sin perjuicio del debate de fondo a resolver en la sentencia, por sí misma no supone con la evidencia necesaria una legitimación del terrorismo".

El pasado 6 de abril el ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el de Justicia, Francisco Caamaño, acordaron que la Abogacía del Estado recurriera ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco la convocatoria de este año publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el pasado 24 de marzo y dictada por la anterior consejería de Justicia, dirigida por Joseba Azkarraga.

El Estado solicitaba esta medida cautelar alegando, entre otras cuestiones, que la ejecución de esas ayudas supondría una "trasgresión irreparable" a la Ley de Reconocimiento y Reparación de las Víctimas del Terrorismo que "impone a los poderes públicos la obligación de poner en marcha medidas para deslegitimar el terrorismo", ya que su concesión "pone de relieve que la situación de los familiares de presos encarcelados por delitos terroristas es merecedora de una especial atención y protección pública".

El anterior Gobierno vasco -que ha convocado en varios años este tipo de ayudas con el rechazo de PSE y PP- se opuso por su parte al recurso y a la suspensión cautelar de la orden al negar que la puesta en marcha de esas ayudas supongan una "afrenta directa e irreparable" a la citada ley de víctimas del terrorismo.

El pasado año, un total de 267 personas fueron beneficiarias de estas ayudas, recibiendo una media de 818 euros, aunque en algunos casos la ayuda se queda en 42 euros y en otros llega hasta los 1.700 euros.

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