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Los políticos pierden la silla, pero no la 'pasta'

  • Los ministros y secretarios de estado mantienen el 80% de su sueldo durante dos años
  • Los funcionarios que dejan altos cargos vuelven a su puesto de origen cobrando más
  • Cada vez que hay un cambio de Gobierno, aumenta el número de 'pluses' a funcionarios
Por ÁLVARO LLORCA (SOITU.ES)
Actualizado 16-04-2009 12:39 CET

Las elecciones autonómicas vascas y gallegas supusieron un cambio de color político que ha dejado a más de uno compuesto y sin cargo. Algo similar ocurre con la reciente remodelación de Gobierno emprendida por Zapatero, tras la que más de un ministro o secretario de estado se ha quedado sin silla. Pero no sufran, porque hay mecanismos que se ocupan de que los altos cargos cesantes no vayan a pasar hambre, gracias, fundamentalmente, a dos mecanismos.

El primer canal se centra exclusivamente en quienes vuelven a ocupar un puesto de funcionario tras su periplo político. Estos, al regresar a su plaza originaria, si han estado durante más de dos años continuados en el puesto, pueden beneficiarse, además de la reserva de plaza, de un "complemento de destino", de modo que pasan a cobrar más que sus compañeros de despacho, aunque ejerzan en el mismo puesto, por el mero hecho de haber ocupado un alto cargo político (y uno de cada cuatro cargos políticos procede del funcionariado).

¿Y a qué posiciones políticas nos referimos? Pues aquellas que se conocen como altos cargos, lo que abarca un amplio abanico de personas, desde los miembros del Gobierno, los secretarios de estado, los subsecretarios y asimilados, "hasta los titulares de cualquier otro puesto de trabajo de la Administración General del Estado, cualquiera que sea su denominación, cuyo nombramiento se efectúe por el Consejo de Ministros". Todos ellos están recogidos en el artículo 3.2 de la Ley 5/2006.

La cantidad percibida por los ex altos cargos depende de lo estipulado en los Presupuestos Generales del Estado de cada año, aunque puede variar, en función de los cargos desempeñados. Lo más habitual es que esa retribución sea de unos 200 euros brutos mensuales (aunque puede llegar a cantidades más elevadas). Además, esta cantidad se mantiene 'sine die', al menos mientras los interesados se mantengan en servicio activo como funcionarios.

Todo se debe a un polémico artículo (el 33.2) de una Ley de 1990, que siempre ha arrastrado polémica. De hecho fue llevado hasta el Tribunal Constitucional, órgano que confirmó la constitucionalidad del precepto, al considerar que no se dispensaba un trato privilegiado al funcionario de carrera que había desempeñado un alto cargo político, y que su aplicación no es contraria al principio de mérito y capacidad. Es más, esta norma, que nació con carácter estatal, se ha ido propagando entre diferentes comunidades autónomas, al tiempo que se ha ido extendiendo a un mayor número de altos cargos (merced al artículo 87.3 de la Ley 7/2007).

Hay que tener en cuenta que, al tratarse de una medida 'sine die', la cantidad de dinero que se destina a sufragar estas partidas aumenta cada vez que hay un cambio de altos cargos en el Gobierno. El debate vuelve al primer plano con motivo de la crisis económica y de las continuas llamadas de los políticos a la austeridad. "Desde mi punto de vista, la norma no vulnera la Constitución, tal y como han reconocido los tribunales. Otra cosa distinta es el juicio de oportunidad política que merezca, ya que toda ley admite un juicio de bondad política", reconoce Mariano Bacigalupo, profesor de Derecho Administrativo en la UNED, al referirse al asunto.

'El blog de Derecho Público de Sevach' ha diseccionado la polémica con bastante precisión, y recoge en un post una buena batería de interrogantes que plantea la situación: ¿Acaso no es ya justa la retribución de un alto cargo? ¿Acaso no coleccionan los políticos unas buenas relaciones e influencias que puede utilizar al abandonar el cargo? Si se aceptara la bondad de este bonus, ¿por qué los políticos que regresan a la empresa privada no se benefician de estos complementos? ¿Es moral que los políticos decidan exclusivamente sobre estos asuntos que afectan a su propio interés? ¿Es serio que cobre el complemento tanto el político cesado por una pésima gestión pública como el más brillante?

Pensión indemnizatoria

Existe otra vía a través de la cual otros altos cargos pueden disponer de un cómodo colchón tras el abandono de la función representativa. Y sería difícil precisar si es más o menos polémica que la referida anteriormente. Se trata de la pensión indemnizatoria, que es aquella que se embolsan al ser cesados ministros, secretarios de estado y otros altos cargos como es el caso de los miembros de los órganos rectores de los organismo reguladores y de supervisión (Comisión Nacional de la Competencia, Comisión Nacional de la Energía, Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Consejo de Seguridad Nuclear, etcétera). Normalmente la duración se extiende durante dos años y se percibe un 80% del sueldo anterior.

Sobre el papel, existe una razón loable para la percepción de estos beneficios. Y es que, el régimen de incompatibilidades que afecta a estos cargos durante los dos años posteriores a su cese les impide desarrollar algunas actividades, sobre todo aquellas relacionadas con su antiguo cargo. De este modo, se intenta evitar que los afectados se vean abocados a una especie de bloqueo profesional, y que no sólo los aristócratas con un ingente patrimonio personal acumulado puedan dedicarse a la función política.

El problema, según Mariano Bacigalupo, llega porque "el régimen de compatibilidades es tremendamente benigno". De hecho el profesor de Administrativo considera que se trata de un terreno lleno de opacidad, al que, "naturalmente, ni los partidos, ni los políticos, ni los legisladores dan mucha publicidad, y formulan estas normas de manera enrevesada".

Hay muchos ejemplos recientes que ilustran el holgado concepto de compatibilidad que se maneja en la clase política. David Taguas, por ejemplo, dejó su cargo de director de la Oficina Económica de Zapatero, con rango de secretario de estado, para convertirse en presidente de SEOPAN, la patronal que agrupa a las grandes constructoras de este país. De este modo, Taguas se beneficia del 80% de su sueldo por su anterior cargo, y a la vez goza de una posición privilegiada en la presidencia de SEOPAN.

Hay más ejemplos que le hacen a uno cuestionarse si es realmente necesaria esta pensión indemnizatoria. Es el caso de Pedro Solbes, quien tras su cese ganará 3.996 euros como diputado, 5.763 euros durante dos años como ex ministro y una pensión vitalicia de 3.735 euros como ex comisario europeo. En total, 13.494 euros al mes, según publica 20minutos.

También se ha hablado mucho, en el mismo sentido, de las retribuciones de Leire Pajín, ya que, de acabar como senadora, sumaría la retribución propia de ese cargo a su sueldo como secretaria federal de organización del PSOE ("alrededor de 5.000 euros al mes", según sus palabras) y a la pensión indemnizatoria como ex secretaria de estado de cooperación ("unos 90.000 euros brutos anuales"). La joven política se defendió en su blog de quienes le acusan de cobrar un sueldo excesivo, aunque sus argumentos no dejaron satisfecho a todo el mundo. ¿Qué te parecen su razonamiento?

¿A qué se debe todo este desbarajuste? ¿Tiene algún sentido? Mariano Bacigalupo lo explica afirmando que, aunque parezca sorprendente, en España los altos cargos no están bien retribuidos (lo que es cierto si se compara con los sueldos de los políticos en otros países o con el de algunos empresarios del sector privado). Para paliar este tipo de desajustes, Bacigalupo cree que los legisladores se han sacado de la manga una serie de apaños, como el de los complementos de destino ("no pasaría nada porque no existiera", nos dice). "Lo adecuado sería una retribución apropiada y que el resto de cosas se hicieran con transparencia", concluye.

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