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Aragón rechaza la anexión del río Cenia a la Demarcación del Ebro

EFE
Actualizado 06-04-2009 19:27 CET

Zaragoza.-  El Gobierno de Aragón rechaza "frontalmente" la anexión de la cuenca del río Cenia a la demarcación hidrográfica del Ebro porque "abre la puerta a posibles transferencias de recursos y sienta precedente".

Así lo ha puesto de manifiesto el consejero de Medio Ambiente aragonés, Alfredo Boné, en la reunión del Consejo Nacional del Agua que ha presidido la ministra del ramo, Elena Espinosa, en relación con el borrador del Real Decreto que contiene esa propuesta.

Según ha informado el Ejecutivo aragonés, Boné ha destacado que de acuerdo con la Ley de Aguas y la Ley del Plan Hidrológico Nacional esta modificación tiene consecuencias importantes en la demarcación de destino, en este caso la del Ebro, porque incorpora nuevos usuarios, afecta a la composición de la demarcación en cuanto al peso territorial y poblacional de las CCAA y modifica el ámbito territorial de planificación.

De esta forma, según ha destacado Boné, pasarían a ser receptores naturales de recursos hídricos territorios que antes no lo eran, lo que haría posibles transferencias de recursos para las que actualmente sería necesaria la incorporación a la Ley del Plan Hidrológico Nacional.

Esta modificación pretende ser justificada en la definición de demarcación hidrográfica contenida en el artículo 16 bis.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, que establece el requisito de vecindad entre cuencas para poder proceder a su agrupación, ha explicado el Gobierno de Aragón.

Basándose en este argumento, se concluye que la cuenca intercomunitaria del Cenia no limita con el resto de cuencas de la Demarcación del Júcar y, en cambio, si lo hace con la del Ebro, por lo que debe anexionarse a esta última.

Para el Gobierno de Aragón, la anexión de la cuenca del Cenia a una demarcación distinta a la de origen, utilizando esta interpretación, "sienta un precedente" en relación con anteriores modificaciones de los ámbitos territoriales de determinadas demarcaciones en las que se han producido segregaciones de cuencas internas.

Ese ha sido el caso de Cataluña, País Vasco y Andalucía, e incluso se han subdividido territorios de una demarcación intercomunitaria en otras dos igualmente intercomunitarias, como la del Norte, que ha dado lugar a las demarcaciones del Miño-Sil y del Cantábrico, sin que se haya producido anexión de territorios a cuencas distintas de las afectadas.

Para el Ejecutivo aragonés, el criterio de vecindad invocado en la argumentación y que proviene de la Directiva Marco de Aguas y de la modificación de la Ley de Aguas no ha de entenderse como concepto necesariamente de colindancia, sino de proximidad o cercanía, tal y como establece la Real Academia Española.

Todo ello teniendo en cuenta además que el artículo 16 bis. 5 de la Ley de Aguas establece que el Gobierno, por Real Decreto, oídas las CCAA, fijará el ámbito territorial de cada demarcación hidrográfica que será coincidente con el de su plan hidrológico, trámite que no se ha cumplido, ha destacado Boné.

Esta anexión se recoge en el borrador de Real Decreto que modifica al Decreto 125/2007 por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.

La modificación es consecuencia de la redefinición de la demarcación hidrográfica del Júcar, tras la segregación de las Cuencas Internas Valencianas, en ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de octubre de 2004.

De esta segregación se queda fuera la cuenca del Cenia, por ser intercomunitaria de Cataluña y la Comunidad Valenciana.

Para una gestión racional e integral de la cuenca del Cenia, adecuada a los nuevos requerimientos de planificación, Aragón ha planteado dos propuestas, que pasan por mantenerla en la nueva Demarcación del Júcar a la que históricamente ha pertenecido y con la que se cumple el criterio de vecindad previsto en la Ley de Aguas o crear una demarcación de titularidad compartida entre las comunidades autónomas de Cataluña y Valenciana.

Las objeciones puestas por Aragón y otras CCAA a este Decreto han motivado que sea trasladado a la Comisión Permanente del Consejo Nacional del Agua para su consideración

También se ha sometido a dictamen del Consejo Nacional del Agua el borrador de Real Decreto por el que se establece la composición del Consejo del Agua de la Demarcación en las Demarcaciones Hidrográficas con Cuencas Intercomunitarias.

En este asunto, el Gobierno de Aragón ha mostrado su disconformidad con la nueva propuesta, que si bien mantiene la representación aragonesa, está "lejos" de la que debiera tener al aportar el 49,19 por ciento del territorio y el 40,55 por ciento de la población de la Cuenca del Ebro.

Boné ha presentado una propuesta de mínimos, elaborada para la Demarcación Hidrográfica del Ebro, para que se mantenga la representación de las administraciones en el entorno del 60 por ciento y se establezca una representación de las diferentes CCAA lo más ajustadas posible a la participación territorial y poblacional.

En referencia al borrador del Real Decreto por el que se determina la composición, estructura orgánica y funcionamiento del Consejo del Agua, el consejero ha expuesto su apoyo, para no paralizar el proceso de planificación hidrológica, pero ha reivindicado un voto ponderado de las CCAA que permita a éstas alcanzar un peso cuando menos paritario con la Administración del Estado.

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