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El Gobierno aprueba la directiva de servicios, que elevará el PIB un 1,2% y creará hasta 200.000 empleo

EUROPA PRESS
Actualizado 27-03-2009 15:47 CET

MADRID.-  El Gobierno aprobó hoy el proyecto de ley que transpone la directiva de servicios en el mercado interior y la remisión a información pública del anteproyecto de ley que modifica un total de 46 leyes para poder aplicar dicha directiva, con la que prevé que el PIB aumente un 1,2% y se creen entre 150.000 y 200.000 empleos.

El objetivo de la directiva, que los estados miembros deben incorporar a su legislación antes del 28 de diciembre de 2009, es alcanzar un auténtico mercado único de servicios en la Unión Europea a través de la eliminación de las barreras legales y administrativas que actualmente limitan el desarrollo de actividades de servicios entre estados miembros.

En concreto, el Ejecutivo dio el visto bueno para su remisión a las Cortes a la conocida como 'ley paraguas', una norma horizontal por la que se traspone la directiva de servicios, que supondrá una liberalización y flexibilización de las distintas actividades de este sector.

Además, el Consejo de Ministros analizará también el anteproyecto de Ley, conocido como 'ley ómnibus', que modifica 46 leyes estatales como consecuencia de la trasposición de esta directiva. Este anteproyecto, que será remitido a información pública, contempla entre otras cuestiones la eliminación de aquellas autorizaciones administrativas que no estén justificadas por razones de interés general o sean innecesarias para atender esos fines.

Esto supone que, en general, se sustituirán procesos de autorización administrativa previa (que suponen dilaciones temporales) por declaraciones o notificaciones que, posteriormente, podrán ser monitorizadas por las autoridades competentes. Además, se suprimirán los requisitos discriminatorios o desproporcionados para el fin que persiguen, se realizará un examen de todos los requisitos existentes, se garantizará la libre prestación de servicios para prestadores ya establecidos en otro estado miembro y se reforzarán los derechos y la protección de los consumidores.

Una de las principales modificaciones es la eliminación de la autorización para el arrendamiento de vehículos sin conductor que sólo estará sujeta a obligaciones de carácter fiscal, social, laboral o de seguridad ciudadana o vial. Por ello, los requisitos específicos exigidos por la normativa de transporte, como las exigencias de un local dedicado en exclusiva a esta actividad y de un número mínimo de vehículos, entre otros, quedan suprimidos.

MENOS AUTORIZACIONES PREVIAS

Asimismo, se elimina la autorización previa para centros de formación teórica de conductores, lo que implica que surge un nuevo tipo de autoescuelas dedicadas exclusivamente a la formación teórica que sólo requiere comunicación de inicio de la actividad. Según el Gobierno, este cambio va a beneficiar a las más de 1.420 autoescuelas que actualmente están registradas, dado que les da la posibilidad de modificar su negocio orientándolo hacia los servicios que más se ajusten a las necesidades del mercado.

En las actividades industriales se sustituye el régimen de autorización administrativa previa en las actividades industriales por el de comunicación o declaración responsable del interesado, mientras que el sector energético se sustituyen cuatro regímenes de autorización previa (comercialización de energía eléctrica, comercialización al por menor de gases licuados y a granel, comercialización de gas natural y operadores al por mayor de productos petrolíferos) por comunicaciones de inicio de la actividad a la autoridad competente.

En el sector de las telecomunicaciones, se sustituye la autorización para la prestación de servicios de instalación o mantenimiento de equipos o sistemas de telecomunicación por una declaración responsable. En los servicios medioambientales y de agricultura, se eliminarán con carácter general las autorizaciones o se sustituyen por trámites más rápidos y sencillos (declaración responsable o comunicación) en todas las actividades de servicios relacionados.

REFORMA EN PROFUNDIDAD DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES

Además, la 'ley ómnibus' contempla también una reforma "en profundidad" de la norma que regula los colegios profesionales, cuya aprobación es anterior a la democracia, con el fin de liberalizar el ejercicio profesional. Concretamente, se suprimirán las restricciones injustificadas a la publicidad por parte de los profesionales, así como las limitaciones que existen ahora para ejercer simultáneamente más de una profesión.

Se elimina también la prerrogativa de los colegios profesionales para fijar los baremos orientativos de precios y se les obligará a que las cuotas de inscripción que pagan los asociados se ajusten exclusivamente a los gastos que conlleva dicho ingreso. Con esta medida, se trata de evitar tarifas de ingreso a los colegios profesionales que pueden llegar a los 6.000 euros. Además, la solicitud de visado colegial de los trabajos profesionales será voluntaria, salvo que lo exija la ley.

En lo que no entra esta norma es la reserva de actividad que tienen los colegios profesionales para establecer la obligatoriedad o no de colegiación, aunque sí se especifica que dicha obligación tiene que esta contemplada en una ley preceptiva.

REDUCIR CARGAS ADMINISTRATIVAS

También se reducirán otras cargas administrativas para los prestadores de servicios, como inscripciones en registros, renovación de autorizaciones o duplicación de trámites para la apertura de nuevos establecimientos, al tiempo que se dará un gran impulso al proceso de simplificación de los trámites que deben llevar a cabo los prestadores de servicios aprovechando el potencial de las tecnologías de la información.

A través de la Ventanilla Única, cualquier ciudadano podrá obtener la información y realizar los trámites necesarios para la puesta en marcha de una actividad de servicios telemáticamente, tanto si desea establecerse en España, como en cualquier país de la UE.

Igualmente, se incluyen los trámites de todos los niveles de las administraciones públicas (estatal, autonómico y local), que deberán coordinarse entre sí (y con las administraciones de otros estados), para facilitar la tramitación a los ciudadanos. Sólo se excluyen aquellos trámites que, por su naturaleza, requieran una comprobación presencial, como la acreditación de la personalidad ante un notario o la inspección previa de un local, cuando es necesario.

La directiva de servicios en España contemplará también el refuerzo de los derechos y la protección de los usuarios de los servicios, dado que garantiza que cualquier usuario de servicios tenga acceso a los servicios ofertados por cualquier prestador de la UE, en condiciones no discriminatorias.

Además, obliga a los prestadores de servicios a actuar con transparencia. El prestador deberá poner a disposición del usuario información sobre sí mismo (nombre, forma jurídica, dirección, en su caso, autorización) y sobre las condiciones de la prestación (características del servicio ofrecido, precio, garantías).

ASISTENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN A LOS CONSUMIDORES

Por su parte, las administraciones deberán informar y asistir a los usuarios de servicios para que puedan realizar reclamaciones ante las autoridades competentes en caso de litigios con los prestadores de servicios, independientemente del país en que se ubiquen.

Según el Gobierno, la directiva se presenta para España como una oportunidad para reducir trabas al acceso y ejercicio de la actividad en determinados sectores, y producirá una mejora del marco regulatorio de la que se derivarán ganancias de eficiencia, productividad y empleo en los sectores implicados, además de un incremento de la variedad y calidad de los servicios disponibles para las empresas y ciudadanos.

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