Pamplona.- La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha desestimado el recurso de la defensa y ha acordado mantener en prisión al ex compañero de la estellesa María Puy Pérez Ezpeleta, de 50 años, desaparecida desde el pasado 11 de octubre en esta localidad navarra.
Dos días de su desaparición era detenido su ex compañero sentimental, J.M.M.D., al conocer la Policía que el mismo sábado había quebrantado una orden de alejamiento de la víctima, que había sido dictada como medida cautelar por un delito de violencia machista, y al encontrar además en su domicilio diversas armas artesanales y munición para las mismas.
Ahora la Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha desestimado el recurso presentado por la defensa del detenido y ha acordado mantener la prisión provisional que dictó el 17 de octubre por los supuestos delitos de quebrantamiento de la orden de alejamiento de su ex pareja, tenencia ilícita de armas, depósito de municiones y robo con fuerza.
En el auto, que confirma la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Estella y contra el que no cabe recurso, la Audiencia explica que el imputado aparece como presunto autor de diversos delitos, de los cuales la tenencia ilícita de armas y el depósito de municiones llevan aparejadas penas incluso superiores a los dos años de prisión.
Los magistrados argumentan además que con el mantenimiento de la prisión provisional se persiguen "dos fines legítimos que deben garantizarse en la fase de instrucción", como son evitar el riesgo de fuga y la reiteración delictiva.
Respecto al primero, la sentencia precisa que la intención que tenía el imputado de vender la vivienda inscrita a su nombre con el propósito de adquirir una caravana "puede razonablemente reflejar que existe un riesgo real" de sustraerse a la acción de la Administración de Justicia.
En cuanto a la reiteración delictiva, los jueces se amparan en los antecedentes penales del imputado, ya condenado por dos delitos de lesiones y uno de amenazas condicionales, por lo que también subrayan la propia personalidad del detenido, y en el hecho de que se encuentra inmerso en un procedimiento por malos tratos, en la tenencia de armas, en la reciente comisión de un delito de robo con fuerza.
Para los magistrados, la medida de la prisión provisional acordada resulta por todo ello "proporcionada", sin perjuicio de que en el transcurso de la instrucción de la causa pudieran darse cambios en la situación personal del imputado que propiciaran otra medida menos gravosa.
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