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Las defensas de los acusados de quemar viva a una indigente aceptan penas mínimas, de 2 a 3 años

EFE
Actualizado 22-10-2008 19:48 CET

Barcelona.-  Las defensas de Ricard P. y Oriol P., los dos jóvenes acusados de quemar viva a la indigente Rosario Endrinal, han aceptado hoy penas mínimas para sus clientes, de entre dos y tres años de prisión, al admitir que el crimen constituyó un homicidio imprudente.

En la penúltima sesión del juicio, que se celebra en la Audiencia de Barcelona, la Fiscalía ha mantenido su petición inicial de 28 años de prisión para los dos acusados por un delito de asesinato, al considerar que cometieron el crimen premeditadamente y aumentando innecesariamente su dolor al morir.

Ricard P. y Oriol P. están acusados de haber quemado viva a Rosario Endrinal en un cajero automático de Barcelona en diciembre de 2005, junto con el menor Juan José M., quien desde 2006 cumple una condena de ocho años de internamiento, la pena máxima para su edad, que se le impuso en una sentencia de conformidad después de que reconociera los hechos que se le imputaban.

También las acusaciones particular y popular siguen acusando de asesinato a los dos jóvenes, cuyas defensas, que inicialmente pedían la absolución, han modificado sus conclusiones provisionales para solicitar penas mínimas.

El abogado de Ricard P., al que el menor ya juzgado por este caso acusó de haber lanzado el cigarrillo encendido que provocó la explosión en el cajero, ha aceptado que los hechos constituyen un delito de trato degradante y otro de homicidio por imprudencia grave, por lo que solicita que sea condenado a tres años de cárcel.

Por su parte, la defensa de Oriol P. niega que su cliente quisiera causar la muerte de la mendiga y, en todo caso, acepta sólo que huyó del lugar de los hechos sin auxiliar a la indigente, lo que constituye un delito de omisión del deber de socorro que propone castigar con dos años de cárcel.

Como alternativa, la letrada reconoce que la muerte de Rosario Endrinal supuso un homicidio imprudente en el que Oriol P. colaboró como cómplice no necesario, por lo que pide una condena de seis meses de prisión.

En la sesión de hoy del juicio se han expuesto los informes de la autopsia practicada a la mendiga, que revela que la víctima tenía un 90% de posibilidades de morir debido a las quemaduras que presentaba y a la gran cantidad de tolueno que inhaló, por lo que haberla atendido antes habría resultado infructuoso.

Los forenses han explicado que la víctima ardió "como una tea humana", ya que las quemaduras que presentaban eran de contacto con las llamas, y no ocasionadas por el "fogonazo" de la deflagración.

Según las conclusiones de sus informes, Rosario Endrinal, que murió en el hospital 24 horas después, presentaba quemaduras de tercer grado en las piernas, las manos y en la cara, y de segundo grado en el resto del cuerpo, hasta aproximadamente el 70% de superficie.

Los forenses han mencionado también que la mujer tenía en el cráneo pequeños hematomas, debido a lesiones que podrían haberse producido entre 24 y 48 horas antes de su muerte y, en ningún caso, con más de una semana de antelación.

Hoy se han conocido también los informes psiquiátricos de los procesados, que concluyen que ambos jóvenes son "personas normales", sin ningún tipo de trastorno mental y, por lo tanto, "perfectamente" conscientes de lo que hacen y de las consecuencias de sus actos, ha añadido una perito.

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