10.000 maletas desaparecen anualmente en los aeropuertos europeos. 90.000 en todo el mundo. Las maletas, ese objeto tan literario, se esfuma en los aeródromos y aparece en los titulares de prensa cada verano debido a la intensificación del tráfico aéreo vacacional.
Operarios de un aeropuerto cargan equipajes en las bodegas de una aeronave
Perder una maleta se ha convertido en un riesgo habitual para el usuario de transporte aéreo. 13 de cada 1.000 pasajeros pierden definitivamente su equipaje, esto quiere decir que anualmente desaparecen 3.000 equipajes en el limbo aeroportuario. La Comisión Europea ha tomado nota de estas cifras con la intención de poner solución a los sistemas de identificación y gestión de equipajes en los aeródromos, pero mientras esto ocurre (el proceso para crear una normativa al respecto puede ser largo) los usuarios seguirán sufriendo la actuación de las compañías aéreas.
Lo cierto es que la falta de diligencia en el transporte aéro les rentable: resulta bastante más económico perder maletas que reforzar los sistemas de control y gestión de las mismas. Y esto es así por que las compensaciones que la normativa establece para los usuarios (convenio de Montreal) son ridículas, aunque recientemente varias sentencias judiciales han comenzado a valorar los daños morales causados a los viajeros que han visto desaparecer su equipaje durante un vuelo.
Antes de recurrir al proceso judicial, largo y costoso, el usuario tiene la posibilidad de reclamar ante la propia compañía. Hay que recordar que las compensaciones que la normativa recoge no son automáticas, es decir, que hay que pelearse para conseguirlas. La cuantía de las indemnizaciones varían en función de peso del equipaje y no superarán nunca los 1.000 Derechos Especiales de Giro -DEG- (salvo declaración del valor del equipaje). Este concepto -DEG- consiste en un tipo de cambio convenido internacionalmente. En la actualidad un euro equivale a 0'85 DEG, es decir, la indemnización máxima será aproximadamente de unos 850 euros.
Es importante saber que los plazos para reclamar varían dependiendo de la casuística. Si estamos ante un deterioro del equipaje el periodo es de siete días, mientras que éste se amplía a 21 en situación de retraso en la entrega o pérdida.
En cualquier caso, el usuario debe dirigirse ante el mostrador de la compañía a aérea o de AENA para presentar la correspondiente reclamación. Allí tendrá que cumplimentar el llamado Parte de Irregularidad de Equipaje. (PIR). Se trata de un documento donde podrá indicar la características de sus maletas (forma, color, dimensiones, peso, etc) y los daños que han sido causados. En el caso de que se haya producido algún desperfecto en el equipaje, la compañía puede proceder a su reparación o a su sustitución. La antigua práctica de entregar una cantidad compensatoria al usuario es cada vez menos habitual y actualmente muchas compañías tienen acuerdos con establecimientos comerciales a los que el usuario puede dirigirse para realizar la correspondiente transacción.
Si estamos ante un caso de pérdida o extravío, el usuario, además de las compensaciones establecidas, puedee reclamar a la compañía aérea el abono de artículos de primera necesidad que se haya visto obligado a adquirir. Para su reclamación será necesario aportar facturas o tiques de compra y recordar que debe corresponder a una lista de productos razonables (posiblemente se nieguen a abonar una crema rejuvenecedora de 50 euros). Hay compañías que disponen de kits de aseo que entregan a los clientes en estos casos.
Si nos encontramos ante un extravío definitivo, la compañía puede pedir una relación de objetos transportados en el maleta. En estos casos resulta aconsejable facilitar copia de la factura de los artículos perdidos.
Si a pesar de todos los trámites, no es posible llegar a un acuerdo, queda abierta vía judicial que ofrece además la posibilidad de reclamar daños morales por los hechos acontecidos, lo cual puede suponer una mayor indemnización. El usuario tiene un plazo de dos años para recurrir a esta vía. Hay que recordar que existe la posibilidad de reclamar a través de un juicio verbal, siempre y cuando la cuantía reclamada sea inferior a 900 euros, el demandante no precisará de abogado ni procurador, y que debe ser presentada en los juzgados de lo mercantil.
Por último, las asociaciones de consumidores ofrecen una serie de consejos para evitar daños mayores:
- No llevar dinero, joyas, medicinas, tarjetas bancarias o documentación en las maletas facturadas.
- Ante cualquier incidencia, protestar lo antes posible en el mostrador de la compañía.
- El Parte de Irregularidad de Equipaje no es una reclamación, sino un registro de incidencia. Puede presentar su reclamación ante una OMIC o a través de cualquier asociación de consumidores.
- Conservar los justificantes de los gastos que le ocasionen el retraso o pérdida, como facturas de ropa y otros objetos.
- Identifique su maleta de alguna forma especial (pegatinas, un lazo o pañuelo, etc) que la haga destacar sobre las demás, de esta forma puede facilitar su localización en caso de pérdida.
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