Iniciar sesión | Registrarse | ¿Por qué registrarse?
  • Podrás comentar las noticias con el nombre que elijas
  • Podrás subir tus noticias en soitu.es y guardarlas en tu propia página

El escabroso camino de la apostasía

Archivado en:
religion
Actualizado 08-02-2008 17:35 CET

Un día cualquiera te levantas y caes en la cuenta de que formas parte de una confesión religiosa que tú no escogiste y que no se corresponde para nada con tus ideas. En ese momento sientes que ha llegado la hora de abandonar el rebaño del que jamás has formado parte y descubres que sólo hay un escabroso camino: apostatar.

La apostasía es el único procedimiento por el que se abandona la pertenencia a la Iglesia Católica después de haber entrado en su seno a través del bautismo. Sin embargo no se sale con la misma facilidad con la que se entra, ni mucho menos.

Es una práctica habitual que la Iglesia Católica se niegue o ponga trabas a la aceptación de la declaración de apostasía, por lo que a los ciudadanos que quieren efectuarla no les queda otro camino que recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos  (AGPD) y ejercer lo que se denomina “Derecho de Oposición”, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Mediante la puesta en práctica de dicho derecho, la Agencia obliga a la iglesia a suprimir de todos sus registros los datos de la persona que así lo solicite.

¿Cómo apostatar?

En primer lugar hay que solicitar a la Iglesia Católica que suprima nuestros datos personales de sus registros, mediante dos procedimientos paralelos y casi idénticos; uno en la parroquia en la que nos bautizaron y otro en el obispado o arzobispado al que pertenece dicha parroquia. Ambas son entidades independientes y poseen datos nuestros.

La solicitud se efectúa mediante carta dirigida a ambas entidades, adjuntando fotocopia del DNI. Cada misiva tiene un modelo diferente dependiendo que se dirija a la parroquia o al arzobispado, ambos modelos los puedes encontrar aquí.

Una vez realizado este trámite se pueden presentar varias posibilidades; que acepten nuestra solicitud (cosa bastante rara) y se acaba nuestro proceso, que se nieguen, pongan trabas o, simplemente, que pase más de un mes sin que recibamos respuesta alguna. 

En estos tres últimos casos, lo que cabe es cursar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de datos contra ambas entidades, la parroquia y el obispado o arzobispado, mediante el formulario del derecho de oposición, que tendrás que enviar por correo certificado a la Dirección de la Agencia.

De esta manera se inicia el procedimiento de tutela de derechos que, finalmente, obligará a la Iglesia Católica a aceptar nuestra declaración de apostasía, anotándola en el libro de bautismo y expidiendo la correspondiente certificación.

Algunas páginas útiles

Para saber la diócesis a la que pertenece un determinado municipio puedes consultar aquí.

Para conocer los datos del obispado o arzobispado de cualquier diócesis de España, así como los de sus parroquias integrantes puedes consultarlos aquí.

Consejos de interés

La carta la puedes enviar de las siguientes maneras:

Mediante correo certificado.

Entrega en mano en la sede de la entidad, para lo que es conveniente realizar una fotocopia a fin de que la sellen con el sello de entrada, como justificante de su entrega.

Mediante burofax.

Mediante requerimiento notarial.

Páginas relacionadas

Página con información abundante sobre el tema.

Web de la Agencia Española de Protección de Datos.

Web de la Conferencia Episcopal Española

Di lo que quieras

Aceptar

Si quieres firmar tus comentarios, regístrate o inicia sesión »

En este espacio aparecerán los comentarios a los que hagas referencia. Por ejemplo, si escribes "comentario nº 3" en la caja de la izquierda, podrás ver el contenido de ese comentario aquí. Así te aseguras de que tu referencia es la correcta. No se permite código HTML en los comentarios.