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Un nuevo respaldo al mensaje de 'tolerancia cero' de Lissavetzky

EFE
Actualizado 26-10-2009 16:21 CET

Madrid.-  La elección, por unanimidad, de Jaime Lissavetzky como presidente de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte de la UNESCO confirma el cada vez mayor protagonismo internacional del secretario de Estado para el Deporte español en una batalla de la que ha hecho el eje de su mandato.

Lissavetzky ya había sido nombrado en 2007 vicepresidente de la Convención, en representación de Europa occidental, Estados Unidos y Canadá, bajo la presidencia del ruso Viacheslav Fetisov.

La Convención, aprobada por unanimidad en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en octubre de 2006, entró en vigor en febrero del año siguiente.

Jaime Lissavetzky es, además, desde el pasado mayo miembro del Consejo Ejecutivo de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) en representación de los gobiernos europeos.

Desde la llegada de Lissavetzky en 2004 a la presidencia del Consejo Superior de Deportes, el mensaje de "tolerancia cero" ha figurado en todos los discursos del secretario de Estado, que ha convertido la lucha contra el dopaje en un asunto de Estado.

Una guerra para la que dotó a los fiscales y jueces con una Ley, en vigor también desde febrero de 2007, que permite no sólo sancionar a los deportistas que usen sustancias dopantes, sino también perseguir a todos aquellos "que se lucran a costa de la salud de los deportistas".

La ley contempla sanciones para clubes y equipos, que van desde multa a pérdida de categoría, para directivos, técnicos, jueces y árbitros, con multa e inhabilitación temporal de dos a cuatro años, y también para médicos y personal sanitario con privación o suspensión de licencia de dos a cuatro años.

Cuando esté involucrado un menor de edad o se cometa una segunda infracción la privación de la licencia tendrá carácter definitivo.

La ley generó la introducción de un nuevo artículo en el Código Penal que contempla "penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años" para "los que sin justificación terapéutica prescriban, proporcionen, dispensen, suministren, administren, ofrezcan o faciliten a deportistas (...) sustancias o grupos farmacológicos prohibidos (...) para aumentar artificialmente sus capacidades físicas o modificar el resultado de las competiciones".

Gracias a esta iniciativa legislativa se creó en España por primera vez una Agencia Estatal Antidopaje, que preside Javier Martín del Burgo.

Quizá por este empeño en borrar la imagen internacional de España como país tolerante con el dopaje, Jaime Lissavetzky sintió como nadie las dudas mostradas por el Comité de Evaluación del COI durante la valoración de la candidatura madrileña a los Juegos de 2016, respecto a la adecuación de la normativa española contra el dopaje a la de la AMA.

Para eliminar esas dudas, que aludían a la franja horaria de descanso para los deportistas, el Consejo de Ministros aprobó en septiembre un cambio en el Real Decreto Antidopaje que establecía una banda de descanso desde las 11 de la noche a las seis de la mañana, salvo en casos excepcionales "que se justifiquen por causas médicas".

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