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Los Albertos creen que se les ha condenado "sin pruebas"

EFE
Actualizado 23-10-2009 15:21 CET

Madrid.-  "Los Albertos" aseguraron hoy que recurrirán ante el Tribunal Supremo la sentencia del caso de la carta falsa de Urbanor porque es "radicalmente injusta" y les ha condenado "sin prueba alguna" de que conocieran la falsificación del documento cuando intentaron que se revisara su condena por Urbanor.

En un comunicado, sus abogados sostienen que Alberto Cortina y Alberto Alcocer fueron "víctimas de un engaño, no verdugos", como también señaló el Ministerio Fiscal durante el juicio oral, lo que seguirán defendiendo "hasta que se haga justicia y se reconozca la inocencia y todos los demás derechos de nuestros clientes".

Los letrados consideran que la sentencia apela "a meras sospechas o inferencias" al afirmar que los dos primos conocían la falsedad de la carta, lo que "no es más que mera ficción jurídica que repugnaba en las acusaciones de cooperación e inducción lanzadas" por los socios minoritarios de "los Albertos" en Urbanor Pedro Sentieri y Julio San Martín, "y ahora convierte esta sentencia en antijurídica e injusta".

Por ello, consideran que el futuro de la sentencia "en un Estado de Derecho no podrá ser otro que la total nulidad, como ya sucedió en el caso principal de Urbanor del que éste deriva".

A su juicio, durante la vista oral quedó probado que los dos empresarios "se limitaron a recibir la carta en la que unos desconocidos les ofrecieron pruebas de su inocencia, así como a encargar luego a sus abogados que procedieran como estimaran oportuno en defensa de sus intereses".

"Ni una sola prueba, ni siquiera indiciaria, ha avalado durante todo el juicio las acusaciones" de Sentieri y San Martín, "que son los únicos que han acusado, carentes también del más mínimo fundamento jurídico", señalaron los letrados.

En el comunicado, los abogados también se congratularon por "la justa y total absolución de los abogados Ramón Hermosilla e Ignacio Peláez", con la que recuperan "su integridad jurídica y profesional".

A su juicio, esa absolución "reafirma la ausencia de fundamentos fácticos y jurídicos para condenar" a Cortina y Alcocer, que en su opinión no pudieron cometer un delito de estafa procesal en grado de tentativa porque "se intentó anular una sentencia que ha sido declarada nula" y no hubo perjuicio patrimonial para los socios minoritarios de Urbanor.

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