Bruselas.- El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) cree que España incumplió las normas comunitarias en la adjudicación de un contrato de obras para dos tramos de la autopista A-6.
En 2005, la Comisión Europea decidió llevar a España ante la corte con sede en Luxemburgo al considerar que el procedimiento de adjudicación de los trabajos en la A-6 no se ajustaba a la normativa de la UE.
El ejecutivo comunitario consideró que se había incluido un paquete adicional de infraestructuras que no figuraba en el anuncio de licitación ni en el pliego de condiciones y que, por tanto, no se había dado el mismo trato a todas las empresas interesadas.
En concreto, se trata de los contratos para la construcción y explotación de los tramos para conectar Ávila y Segovia con la A-6, y para la explotación a partir de 2018 del peaje entre las localidades de Villalba (Madrid) y Adanero (Ávila).
Tras haber publicado en junio de 1999 un pliego de cláusulas administrativas para la adjudicación de estos dos contratos -que además incluían la construcción de la variante de Guadarrama y de un cuarto carril entre Madrid y Villalba-, el Gobierno español aprobó un mes después un nuevo pliego en el que suprimía estas dos obras menores "por razones de índole técnica".
Además, se alteraba también el período por el que la empresa ganadora del concurso podría cobrar el peaje de los dos tramos de la A-6.
En septiembre de ese mismo año, se declaró vencedora la propuesta de Iberpistas (empresa que actualmente explota la A-6 entre Villalba y Adanero), que contenía una serie de obras adicionales respecto a las mencionadas explícitamente en el segundo pliego.
Esos nuevos trabajos contemplaban la construcción de un carril por sentido en el tramo gratuito de la A-6 entre Madrid y Villalba, un carril de circulación por sentido entre Villalba y el Valle de los Caídos y un carril adicional -además de un nuevo túnel- entre el Valle de los Caídos y San Rafael.
El importe del paquete adicional de infraestructuras equivale más o menos al de las obras en los nuevos tramos en dirección Segovia y Ávila incluidos en el anuncio de licitación, recordó entonces la CE.
En sus conclusiones emitidas hoy, el abogado general Paolo Mengozzi ha argumentado que el segundo pliego "no se adecuaba a los requisitos de publicidad, ya que no hubo suficiente correspondencia entre lo indicado en el segundo pliego y las obras adjudicadas en la concesión a Iberpistas".
En referencia a las alegaciones españolas, que sostienen que la modificación en el pliego tenía por objeto dar un mayor margen a la libre iniciativa de los licitadores, Mengozzi ha señalado que esa razón debía haberse indicado explícitamente en las nuevas condiciones.
Por todo ello, el abogado general ha propuesto al Tribunal que declare que España incumplió la directiva comunitaria, así como los principios de igualdad de trato y de no discriminación al no haber incluido en el pliego determinadas obras adicionales que posteriormente fueron adjudicadas.
La opinión del abogado general no es vinculante para el Tribunal, pero los jueces suelen guiarse por ella al dictar sentencia.
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