Madrid.- La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido la sentencia de la sección tercera de la sala de lo penal de este tribunal que absuelve a Gracia Morcillo del delito de cómplice de asesinato por alojar a los miembros del "comando Donosti" que asesinaron al dirigente socialista Fernando Múgica.
La Audiencia Nacional absolvió a Morcillo porque, aunque consideró probado que alojó a los etarras que asesinaron a Múgica en 1996, entiende que ya ha cumplido condena en Francia por el mismo delito y en aplicación del principio del "non bis in idem" (cosa juzgada) no puede ser condenada de nuevo por los mismos hechos.
La Fiscalía estima, sin embargo, que se ha hecho una "aplicación indebida" del principio de cosa juzgada ya que la sentencia del Tribunal de Instancia de París la condena por un delito de asociación de malhechores y no por los hechos por los que ha sido juzgada la semana pasada en España.
La sentencia del Tribunal de París relata que Morcillo fue captada por el etarra Valentín Lasarte en 1996 y que su primera misión fue conseguir un piso para éste terrorista y otros miembros de su comando, que se refugiaron en él poco después de asesinar a Múgica.
Para la Audiencia Nacional, esta argumentación del tribunal parisino es la que ha servido para condenar a Morcillo por asociación de malhechores, que ha estado cuatro años en la cárcel.
No obstante, la Audiencia consideró probado que Morcillo, que la semana pasada quedó en libertad tras ser absuelta, alojó en su piso a los miembros del comando "Donosti", pese a que durante el juicio Lasarte, ya condenado por el asesinato de Múgica, se retractó y declaró que cuando fue detenido en 1996 inculpó a la procesada "para tapar a colaboradores que no estaban fichados".
Pese a ello, el tribunal da mayor credibilidad a la primera declaración de Lasarte, quien tras su detención aseguró que se habían alojado en casa de Morcillo, que había sido su compañera sentimental, porque su huida se vio frustrada por un tiroteo con la Ertzaintza.
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