Madrid.- Los ciudadanos que perciben pensiones no contributivas de la Seguridad Social y que residan en una vivienda alquilada podrán solicitar el complemento anual de 425 euros desde mañana.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el real decreto que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 13 de agosto, por el que se prorroga el reconocimiento de dicho complemento a los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social.
El Real Decreto, que entrará en vigor mañana, establece que podrán cobrar el complemento aquellos pensionistas no contributivos que acrediten "fehacientemente" carecer de vivienda en propiedad y residir en una alquilada por propietarios que no tengan con él relación de parentesco hasta el tercer grado.
También dispone que en el caso de unidades familiares en las que convivan varios perceptores de pensiones no contributivas, solo podrán percibir el complemento el titular del contrato de alquiler, o de ser varios, el primero de ellos.
Según las estimaciones del Gobierno, la medida beneficiará a unos 14.000 pensionistas y tendrá un coste de 5,9 millones de euros.
En España, hay unos 458.000 pensionistas no contributivos de jubilación o invalidez, de los que el 70,8 por ciento son mujeres.
El Gobierno ha destacado que este año se ha producido el mayor incremento de esta ayuda, que en 2007 fue de 350 euros y en 2008 de 357 euros.
Entre las condiciones para tener derecho a este complemento, además de recibir una pensión no contributiva, vivir de alquiler y carecer de vivienda en propiedad, figura no tener relación de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada.
Las solicitudes deberán presentarse en las Comunidades Autónomas o Diputaciones Forales (o en la Dirección Territorial del Imserso en el caso de Ceuta y Melilla).
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