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Derogan el decreto que exigía un título para ejercer el periodismo en Brasil

EFE
Actualizado 18-06-2009 01:09 CET

Brasilia.-  El Supremo Tribunal de Brasil derogó hoy una ley de la última dictadura militar que imponía la obligatoriedad del título universitario para el ejercicio del periodismo e incluía hasta penas de prisión para los informadores de oficio.

La decisión fue tomada por ocho votos a favor y uno en contra y respaldó la opinión del presidente de la corte, Gilmar Mendes, quien consideró "inconstitucional" la exigencia de un diploma o de una colegiación obligatoria para los periodistas.

En sus argumentos, Mendes indicó que esas obligaciones suponen cercenar la libertad de expresión y afirmó que "la consecuencia lógica de periodistas sin preparación será la ausencia de lectores", por lo que son los propios medios los que deben decidir a quienes contratan para ejercer la labor.

La obligatoriedad del título había sido impuesta por la última dictadura militar (1964-1985) en 1969 y la demanda juzgada hoy fue interpuesta por el Sindicato de Empresas de Radio y Televisión, en contra de la opinión de los sindicados de periodistas, que defendían la exigencia del diploma.

Según Mendes, "cualquier tipo de control u obligación de títulos que intervenga en la actividad periodística tiene injerencia directa en la libertad de expresión" y "atenta contra ella".

Se refirió incluso los casos de reconocidos intelectuales brasileños, como Joaquim Maria Machado de Assis, que ejercieron el periodismo sin diploma, y afirmó que esa obligatoriedad "habría privado a la sociedad de la brillantez de sus textos.

También citó al colombiano Gabriel García Márquez y al peruano Mario Vargas Llosa, que pasaron por el periodismo sin diploma, y recordó que Carl Bernstein y Bob Woodward trabajaban en el diario The Washington Post sin un título cuando descubrieron el escándalo de Watergate, que llevó a la renuncia del presidente Richard Nixon.

El fallo se fundamentó además en el Artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, el cual consagra que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión" y que ese derecho "comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole".

Ese principio es defendido también por la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) y fue incluido en la Declaración de Chapultepec, adoptada por la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión celebrada en México en 1994.

Esta decisión del Supremo sitúa a Brasil junto a Argentina, Costa Rica, Colombia, Ecuador, EE.UU., El Salvador, Guatemala, México, Panamá, Perú, Paraguay, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, países americanos en los que no se exige ni un título universitario ni la colegiación para el ejercicio del periodismo.

Aunque con matices particulares, una u otra de esas exigencias aún se aplican en Bolivia, Cuba, Chile, Honduras y Nicaragua, aunque no son muy rígidas y son muchos los profesionales que ejercen el periodismo sin poseer un diploma universitario.

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