Madrid.- El juez Baltasar Garzón niega en su recurso haber prevaricado al declararse competente en el caso de las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo y recuerda que ni el fiscal ni los magistrados de Sala de la Audiencia Nacional cuestionaron esta decisión como "extravagante, absurda o esperpéntica" o como constitutiva de un delito de prevaricación.
Así lo expone el representante jurídico de Garzón, el abogado Gonzalo Martínez Fresneda, en el recurso de súplica presentado el sábado ante la sala segunda del Tribunal Supremo, que el pasado miércoles admitió a trámite una querella del sindicato Manos Limpias en la que se acusa al magistrado de prevaricar al pedir el certificado de defunción de responsables de la dictadura.
La decisión del Supremo -adoptada por unanimidad- es "jurídicamente inaceptable, dicho sea con el máximo respeto", destaca el abogado, para quien la querella "no es más que una burda represalia contra el juez" porque, en su día, archivó una querella de una asociación contra Santiago Carrillo por los fusilamientos de Paracuellos del Jarama.
Aunque el motivo esgrimido por Garzón para declararse competente para investigar estos hechos "puede ser discutible", "de ahí a considerar que tal decisión es indiciariamente prevaricadora media un abismo insondable", observa Martínez Fresneda.
"Parece extraño que si Baltasar Garzón pervirtió de forma grave el orden jurídico al objeto de instruir una causa para la cual el juzgado era manifiestamente incompetente, esta grosera asunción debería haber sido advertida", tanto por la Fiscalía, como por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional o por el magistrado Santiago Pedraz, que le sustituyó cuando estaba de baja médica.
Lo que sí existió, indica el letrado, fueron "discrepancias jurídicas" con el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, que se enmarcan "en una diferente, pero legítima interpretación de normas procesales".
Sobre esta discrepancia recuerda que el fiscal no recurrió el auto de competencia, por lo que "si la decisión de mi mandante fuera tan manifiestamente extravagante, cabe pensar que el Ministerio fiscal hubiera reaccionado frente a ellas desde un primer momento".
Tampoco fue "cuestionada como extravagante o absurda" la decisión del juez cuando los magistrados de la Sala de lo Penal resolvieron sobre la competencia, ni la creyeron merecedora de "una instrucción penal pretendiendo ver indicios de prevaricación".
"No se trata de una decisión extravagante ni esperpéntica", insiste el letrado, al recordar que, incluso, fue defendida por tres magistrados de la Sala de lo Penal que emitieron votos particulares a la decisión mayoritaria del tribunal, resoluciones que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, tampoco "pueden considerarse prevaricadoras".
Estima además que si lo que se considera prevaricación es el hecho de declararse competente, "la situación injusta ya se habría resuelto" con la inhibición y con la estimación de la cuestión de competencia que planteó el fiscal ante la Sala.
Cree también contradictorio que el Supremo considere prevaricadora tanto la decisión por la que se declaró competente pidiendo certificados de defunción de responsables de la dictadura y "cuando, más tarde, se inhibió de la causa", al declarar extinta esta responsabilidad.
Abrir una causa por la Guerra Civil y "acreditar, tan pronto asume la competencia, si los imputados habían fallecido no puede entenderse absurda ni temeraria", reitera Martínez Fresneda, que recuerda cómo la Fiscalía pidió el viernes la detención de tres guardias de las SS y se pregunta si al Ministerio Fiscal "le consta que esas personas "estén hoy vivas o muertas".
El recurso recoge además que el pasado jueves una juez de Granada rechazó la competencia para acordar la exhumación de la fosa en la que supuestamente reposan los restos del poeta Federico García Lorca al entender que la Audiencia Nacional es la competente para decidir sobre este asunto, tal y como en un principio entendió Garzón.
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