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El Defensor del Pueblo detecta "importantes anomalías" en los centros de inmigrantes de Gran Canaria

EFE
Actualizado 25-05-2009 20:19 CET

Madrid.-  El Informe del Defensor del Pueblo correspondiente a 2008 indica que ha habido una mejora de las instalaciones dedicadas a la primera asistencia y detención de extranjeros llegados por mar desde el continente africano en Tenerife-Sur y alude a las "importantes anomalías" detectadas en otros centros de la isla de Gran Canaria.

Así, en el centro de Internamiento de Barranco Seco, en Las Palmas de Gran Canaria, se comprobó 'in situ' cómo algunos internos procedentes de un cayuco interceptado en Tenerife llevaban rotulado en sus ropas un número de identificación.

A este respecto declara su "firme oposición" a semejante práctica, dado su "carácter atentatorio" para la dignidad de las personas y su inutilidad como medio de identificación personal, pues resulta de "escasa fiabilidad".

En términos generales, el Defensor del Pueblo considera que muchas de las actuaciones llevadas a cabo en materia de inmigración y extranjería han puesto de manifiesto la "creciente necesidad" de darle un mayor enfoque social y familiar, con primacía de una perspectiva de Derechos Humanos al problema, en detrimento de una mirada económica y laboral.

Así consta en el Informe del Defensor correspondiente a 2008 que hoy ha sido entregado por su responsable, Enrique Múgica, al presidente del Congreso, José Bono.

Muchas de las actuaciones han puesto de manifiesto la creciente necesidad de moderar el enfoque económico y laboral, ya consolidado en el tratamiento de los asuntos conexos a la misma, en beneficio de una concepción amplia de los aspectos familiares y sociales vinculados y en la primacía de una perspectiva global de derechos humanos.

Por otro lado, el Defensor indica que algunos de los problemas habituales tratados en las quejas sobre inmigración y extranjería revelan "cierta confusión" en el contenido de algunas decisiones administrativas que tardan en adaptar determinados aspectos de la normativa comunitaria, por ejemplo, en relación con los derechos de los familiares de ciudadanos comunitarios.

"Así se ha seguido detectando en algunas decisiones de prohibición de entrada en territorio nacional, incluso de progenitores de niños españoles, o en la tramitación de visados y autorizaciones de regreso", detalla el análisis llevado a cabo por el Defensor del Pueblo.

A su vez, la citada institución indica que en el ámbito de la extranjería, las autoridades administrativas se muestran "algo menos eficaces" a la hora de ejecutar los trámites que pueden afectar a los menores extranjeros.

En este sentido, relata el hecho de que no se usen los medios técnicos existentes para determinar la edad de los menores, cuando hay dudas al respecto, con relación a los llegados de forma irregular a las costas españolas, así como la lentitud "en algunas comunidades autónomas" para proceder a la declaración de desamparo cuando se trata de menores extranjeros no acompañados.

El Defensor también destaca como disfunción la práctica de considerar la fecha de llegada efectiva al territorio español como la determinante para la validez del visado de reagrupación familiar, cuando el retraso en la tramitación del mismo, a veces muy considerable, es sólo imputable a la "ineficaz" gestión de la oficina española correspondiente.

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