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Condenan a un año y medio de prisión a la agresora de dos maestras de Villanueva

EFE
Actualizado 19-05-2009 13:44 CET

Don Benito (Badajoz).-  El Juzgado de lo Penal de Don Benito ha condenado a la agresora de las dos maestras de Villanueva de la Serena, S.P.D.S, a un año y seis meses de prisión, aunque ésta no tendrá que ir a la cárcel al ser la pena impuesta menor a dos años y carecer la acusada de antecedentes penales.

La sentencia considera a la autora como "criminalmente responsable de un delito contra el orden público en su modalidad de atentado a funcionario público", según lo tipificado en el artículo 28 del Código Penal.

Asimismo, el juzgado condena a la acusada por dos faltas de lesiones al pago de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros por cada falta, al pago de las costas procesales y a una indemnización de 120 euros por cada agresión como responsable civil directa, además de con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

El magistrado-juez del Juzgado de lo Penal número 1 de Don Benito, Rafael Estévez, considera a S.P.D.S. culpable de un solo delito de atentado y no dos (uno por cada profesora), al estimar que la actuación de la inculpada tiene "el propósito de entorpecimiento del servicio público o actividad prestacional globalmente desarrollada por ambas docentes", aunque sí aprecia dos faltas de lesiones.

El juez desecha la tesis de legítima defensa aducida por los letrados defensores en función del "disgusto que la madre pudiera haber sentido ante el hecho, luego admitido por la menor como incierto, de que una de las maestras hubiere podido llamar 'guarra' a su hija".

El incidente, juzgado primero en una vista ordinaria en Villanueva de la Serena y posteriormente en el Juzgado de lo Penal de Don Benito a finales de abril, tuvo lugar en octubre de 2007 cuando la condenada se personó en el colegio Cruz del Río, de Villanueva de la Serena, y agredió a dos profesoras, que presentaron el correspondiente parte de lesiones físicas.

El magistrado considera probado que S.P.D.S., madre de una alumna, se personó el 19 de octubre de 2007 en el colegio Cruz del Río de Villanueva de la Serena y asió de manera violenta por el brazo derecho y zarandeó a M.T.C.N, profesora de Pedagogía Terapéutica, un comportamiento que repitió con la tutora de su hija y también maestra, M.A.B.C.R.

Según el juez, todo ello se produjo "al tiempo que la madre, a voz en grito, se dirigía a las profesoras en términos como 'brutas' y profería expresiones altisonantes en portugués que resultaban audibles desde el interior de distintas aulas del colegio".

El magistrado considera probado que, como consecuencia de los mencionados embates, se produjeron "sendos menoscabos corporales en ambas funcionarias, consistentes en erosiones y hematomas en codo derecho cara interna que precisaron asistencia médica en una de las maestras, y en erosiones y hematoma en codo derecho cara interna más una contusión nasal en la segunda profesora".

No ha quedado justificado que de la agresión se haya derivado daño moral alguno hacia las docentes y que ninguna de las maestras se aplicasen con violencia alguna sobre la referida madre, según la sentencia.

El juez considera fundamentales las declaraciones prestadas en la vista celebrada hace tres semanas en Don Benito, y en particular las declaraciones de las agredidas, "sustancialmente coincidentes con las proporcionadas con carácter previo", así como los distintos documentos médicos, "con extraordinaria inmediatez temporal respecto al momento del episodio".

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