Mérida.- La Junta de Extremadura ya ha iniciado el procedimiento para aprobar la normativa que regulará la obligatoriedad de que los animales de compañía estén identificados electrónicamente, así como que estén inscritos en un registro autonómico que se creará a tal efecto.
Además, según ha informado hoy el Gobierno regional en una nota remitida a Efe, deberán contar con el pasaporte europeo que se exige para los movimientos intracomunitarios de perros, gatos y hurones.
El futuro decreto que regulará estos aspectos, y que viene a desarrollar parte de la Ley de Protección de los Animales de Extremadura, ya ha obtenido el pronunciamiento favorable del Consejo de Gobierno, en su última reunión, y ahora deberá contar con el visto bueno del Consejo Consultivo de Extremadura, antes de que el Gobierno extremeño lo apruebe definitivamente.
La nueva norma de identificación y registro obligatorio de los animales de compañía permitirá a la Administración regional disponer de censos fiables, sobre los que planificar y establecer programas sanitarios preventivos o de urgencia.
Además servirá de acicate para evitar el abandono así como para mejorar su protección, posibilitar su recuperación en caso de pérdida o robo y depurar responsabilidades ante los casos de maltrato animal, producción de daños o incumplimiento de la legalidad.
Por todo ello, el eje central de esta nueva normativa será la identificación electrónica, obligatoria en el caso de los perros y voluntaria para los gatos, a través de la implantación de un microchip al animal, que estará dotado con un código alfanumérico.
Este dispositivo permitirá, a través de un lector específico, acceder a los datos identificativos del animal y de su dueño.
La identificación electrónica, según prevé la normativa, será obligatoria para todos los animales que vivan habitualmente en Extremadura y para aquellos que vayan a permanecer temporalmente en la región, salvo que ya estén identificados conforme a la normativa que se aplique en el territorio donde residan.
El microchip deberá implantarse al perro durante los tres meses siguientes a su nacimiento o como máximo un mes después de su adquisición.
Para hacer más efectiva esta obligatoriedad, la identificación será imprescindible para que el animal pueda recibir tratamiento sanitario o someterse a la vacunación ordinaria que fija la normativa así como para participar en concursos, exposiciones, competiciones deportivas e ingresar en escuelas, centros de adiestramiento, criaderos, establecimientos de venta, residencias, instalaciones para el mantenimiento temporal de animales u otros núcleos zoológicos.
La identificación electrónica de los perros será el paso previo e imprescindible para poder inscribirlos en los censos municipales y en registro autonómico de animales de compañías que se creará con la nueva norma.
El decreto en tramitación también prevé la sustitución de la actual cartilla sanitaria por el pasaporte de animales de compañía adaptado al formato que exige la normativa europea para los movimientos intracomunitarios de perros, gatos y hurones.
Esta sustitución supondrá una mejora técnica y una simplificación administrativa.
El régimen sancionador y el de coordinación con los registros caninos municipales y la creación de una comisión de seguimiento de este proceso de identificación electrónica son otros aspectos que incluirá la futura normativa.
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