Madrid.- A partir de 2011 sólo optarán al actual límite de deducción de 9.015 euros en el IRPF por la compra de vivienda quienes perciban rentas menores de 17.000 euros anuales, deducción que desaparecerá para rentas superiores a 24.000 euros, ha anunciado hoy el jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero.
Durante su comparecencia en el debate del estado de la nación, Zapatero ha añadido que hasta el 1 de enero de 2011 la deducción vigente se aplicará a los nuevos compradores de vivienda, independientemente de su renta.
Asimismo, los que hasta ahora ya venían disfrutando de los beneficios fiscales por compra de vivienda la mantendrán después de esa fecha.
Por eso, solamente durante los próximos 19 meses estará abierta la posibilidad para todos de acogerse al régimen actual de desgravación, ya que a partir de entonces, se limitará a las rentas más bajas.
Según Zapatero, de esta forma el mercado inmobiliario se reactivará en los próximos meses con la venta o alquiler de pisos vacíos, lo que en su opinión es "un paso previo" para la normalización del sector.
El jefe del Ejecutivo ha subrayado que aproximadamente la mitad de los asalariados, aquellos con rentas anuales más bajas podrán seguir acogiéndose a la vigente deducción máxima de 9.015 euros, mientras que para las rentas superiores a 17.000 euros al año la deducción se irá reduciendo hasta desaparecer cuando la renta declarada esté por encima de 24.000 euros.
Por otra parte, el presidente del Gobierno ha destacado que "una parte considerable" de los recursos fiscales que se obtendrán será reinvertida en el mercado de alquiler y en la vivienda de protección oficial.
Así, ha anunciado que se mejorará la deducción por alquiler, igualándola a la de compra, por lo que los límites para aplicar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) serán los mismos que para el pago de una hipoteca.
Además, para el arrendador se aumentará hasta el 60 por ciento la deducción para las rentas generadas por el alquiler de viviendas, límite que ascenderá al cien por cien cuando el arrendatario tenga menos de 30 años, o hasta 35 años en el caso de los contratos ya existentes.
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