Zaragoza.- La Agencia Tributaria ha devuelto ya 24 millones de euros a 36.129 contribuyentes en Aragón en la campaña de la declaración de la renta, lo que supone un aumento del 101 por ciento en el importe y del 56 por ciento en el número de beneficiarios, respecto a las mismas fechas del ejercicio anterior.
La delegada especial de la Agencia Tributaria en Aragón, Nuria Pozuelo, ha avanzado hoy en rueda de prensa los primeros datos de la campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2008 y ha hecho hincapié en que ya ha cobrado su devolución casi el 60% de quienes han confirmado el borrador, que es una herramienta "fiable" de asistencia al contribuyente para cumplir con su obligación tributaria.
Tras indicar que el ritmo de confirmación este año es muy superior al precedente, ha enfatizado que las incidencias informáticas detectadas por la Agencia Tributaria en borradores confirmados, unos 800 en Aragón, han sido subsanadas, y ha recalcado que el contribuyente tiene siempre que revisar este documento, porque se calcula con datos ofrecidos por el propio contribuyente y por terceros que pueden ser "incompletos o inexactos".
"Cuanto ha habido incidencias la Agencia Tributaria no tenido reparos en reconocerlas", ha subrayado Pozuelo, y los contribuyentes ya han recibido un nuevo borrador con los errores corregidos.
Las cuotas por afiliaciones sindicales, la vinculación de los hijos a los contribuyentes, los créditos hipotecarios y las referencias catastrales acapararon el año pasado el 70 por ciento de las modificaciones de los borradores, ha indicado.
Pozuelo ha destacado el compromiso de la Agencia Tributara de hacer efectivas el 85% de las devoluciones antes de final de julio con el objetivo de ayudar a los contribuyentes en estos "especiales momentos" y ha precisado que, hasta ayer, se habían confirmado en Aragón 66.244 borradores, 22.468 más que en la misma fecha del año pasado, lo que supone un incremento del 51,2 por ciento.
Estos datos evidencian el apoyo de los contribuyentes aragoneses a este instrumento de cálculo de la Agencia Tributaria, que además mayoritariamente confirman por medio de Internet, ha indicado Pozuelo.
El plazo para presentar declaraciones del Impuesto sobre la Renta comienza el lunes 4 de mayo y finaliza el martes 30 de junio.
La Agencia Tributaria ha reforzado los canales habituales de asistencia a los contribuyentes para la declaración: Internet, el que más está creciendo, por teléfono (901121224 el automático y 901200345, con operador, para pedir, confirmar o rectificar borradores), por mensaje a través del teléfono móvil al número 5025 (con la palabra Renta -espacio- número de justificante de borrador -espacio- y NIF) o presenciales, llamando al 901223344.
Una de las principales novedades este año es la exención efectiva del impuesto sobre el patrimonio, que en la campaña de la renta 2008 afectó a unos 42.000 contribuyentes en Aragón y supuso una recaudación de unos 75 millones de euros, así como la deducción de 400 euros, que muchos contribuyentes ya han podido deducirse antes a través de la minoración de sus retenciones o pagos fraccionados.
La nueva deducción por alquiler de vivienda habitual con base imponible inferior a 24.020 euros y la ampliación del plazo de cuatro años, hasta el 31 de diciembre de 2010, para hacer efectiva el saldo de las cuentas vivienda en la compra de residencia habitual y poder mantener el derecho a deducción son otras de las novedades.
En el conjunto de España, se prevé devolver 12.650 millones de euros a 15,2 millones de contribuyentes, lo que representa un incremento en el importe del 5,9 por ciento respecto al año anterior y un resultado neto a favor del contribuyente de 5.550 millones, ya que las declaraciones a pagar serán de 3,7 millones por un importe de 7.100 millones de euros y las de cuota cero 175.000.
Tienen obligación de declarar quienes obtengan rentas a partir de 22.000 euros brutos anuales cuando procedan de un único pagador o cuando procedan de varios pagadores, siempre que el importe percibido del segundo y restantes, por orden de cuantía, no supere los 1.500 euros anuales.
El límite es 11.200 euros anuales si proceden de varios pagadores y la suma percibida del segundo y restantes supera en conjunto los 1.500 euros anuales, si el pagador no está obligado a retener o si se trata de pensiones compensatorias del cónyuge o de anualidades por alimentos (salvo que procedan de los padres por decisión judicial).
También tienen obligación de declarar quienes obtengan rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta superiores a 1.600 euros anuales en su conjunto.
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