Madrid.- Los usuarios que deseen cambiar de operador de teléfono conservando su número, procedimiento conocido como portabilidad, podrán hacerlo con sólo dar su consentimiento verbal, según la circular aprobada hoy por el Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).
No obstante, este consentimiento deberá ser verificado por una empresa de servicios independiente del operador beneficiario, informó la CMT en un comunicado.
Hasta ahora los usuarios debían comunicar por escrito a su operador su petición de portabilidad.
La circular aprobada por la CMT pretende agilizar el proceso administrativo de la portabilidad fija y móvil y, en general, el cambio de operador de servicios de banda ancha, con o sin portabilidad asociada.
La CMT subrayó que la portabilidad es uno de los instrumentos más importantes para facilitar la competencia y su aplicación determina en buena medida el éxito que los operadores alternativos y los nuevos entrantes puedan alcanzar en el mercado.
Apuntó que España es uno de los países europeos donde el trámite de la portabilidad es más corto (cinco días para las líneas móviles) y en el que más cambios de operadores se producen al mes (100.000 en líneas fijas y 300.000 en telefonía móvil).
Para que el operador al que quiere portar el usuario pueda iniciar la tramitación de una solicitud con el consentimiento verbal del abonado deberá acreditar la existencia de dicho consentimiento a través de una entidad independiente verificadora.
Esta entidad no podrá formar parte del grupo de compañías al que pertenece el operador beneficiario ni estar participada por empresas de su grupo económico.
Además, no podrá prestarle servicios distintos a la verificación ni dar servicios de comunicaciones electrónicas, al tiempo que no podrá recibir incentivos por la verificación positiva.
La CMT recordó que la posibilidad de contratar verbalmente un servicio de telecomunicaciones es posible desde mediados de 2004, cuando se aprobó una circular para tramitar la preselección de operador.
Sin embargo, en los procesos de cambio de operador fijo y móvil conservando el número y en los servicios mayoristas regulados de banda ancha era necesario que las solicitudes incluyeran un escrito del abonado dirigido al operador del que pretendía darse de baja.
El pasado 6 de abril el Ministerio de Industria aprobó un Real Decreto que modifica el Reglamento de Mercados y que amplía los procedimientos para solicitar la conservación de numeración permitiéndose, además de la solicitud por escrito, otras fórmulas como la petición mediante firma electrónica reconocida o sistemas de solicitud verbal con verificación por terceros independientes.
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