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El TSJC deniega el derecho a objetar contra Educación para la Ciudadanía

EFE
Actualizado 20-01-2009 13:55 CET

Santander.-  El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha sentenciado que la asignatura de Educación para la Ciudadanía no vulnera el derecho constitucional a la libertad ideológica y que los padres no puede esgrimir la objeción de conciencia para solicitar que sus hijos no estudien esa materia.

Así lo establece una sentencia del pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC hecha pública hoy, que suscriben cuatro de sus cinco magistrados: la presidenta, María Teresa Marijuán, Clara Penín, María Josefa Artaza Bilbao y Juan Piqueras.

El quinto componente de la Sala, Rafael Losada, emite un voto particular en el que defiende que los padres sí tienen derecho a objetar contra esa asignatura, porque entiende que el objetivo de Educación para la Ciudadanía es "conformar en los alumnos una moral cívica concreta a través del establecimiento como valores y virtudes de unos determinados que el propio Estado incorpora más allá de su dimensión política".

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