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Plántale cara al 'mobbing' inmobiliario

  • Barcelona crea la primera fiscalía contra el acoso a los inquilinos
Por GEMA FERNÁNDEZ (SOITU.ES)
Actualizado 06-06-2008 17:50 CET

MADRID.-  Presiones y chantajes son sólo algunas fórmulas que emplean los propietarios de viviendas para deshacerse de sus inquilinos y rentabilizar el inmueble. Pero ya hay quien lucha contra el 'mobbing' inmobiliario en España. Se llama Fernando Rodríguez Rey, y es el primer fiscal español especializado en estos casos. Su 'campo de batalla': Barcelona, una de las ciudades más afectadas por el acoso inmobiliario.

Entre 2004 y 2007, las oficinas municipales de vivienda de la capital catalana recibieron más de 509 denuncias, y en lo que va de año se han denunciado otras 23 situaciones más de este tipo, principalmente en Ciutat Vella, el barrio donde más han proliferado estas conductas delictivas en los últimos tiempos.

La mayoría de las denuncias están relacionadas con la falta de mantenimiento del edificio, el acoso personal, la higiene e insalubridad o la negativa al cobro de la renta. Desde hoy, todas estas quejas, si no son resueltas a través de la mediación de las oficinas de vivienda municipales, se remitirán a la nueva Fiscalía, que llevará el caso por la vía penal, que castiga con condenas de hasta tres años de prisión los delitos de coacciones o de atentado contra la integridad moral, como sería el caso.

Pero, ¿qué es el 'mobbing' inmobiliario?

La palabra 'mobbing' proviene del inglés ("agredir, acorralar") y se asocia, por lo general, a las presiones de compañeros de trabajo o jefes para hacer dimitir a un empleado. En cuanto a su versión inmobiliaria, se refiere a las presiones ilegales que ejercen agencias y propietarios de viviendas para echar a los inquilinos. Sobre todo, van dirigidas a aquellos que viven con rentas bajas, con el fin de hacer un uso más rentable del edificio o para aprovecharse de un proyecto de planificación urbanística determinado.

En España comenzaron a proliferar este tipo de casos tras la regulación de la Ley de Arrendamientos Urbanos realizada en 1994. Es por ello que el Ministerio de Vivienda ha hecho saber que la lucha contra este acoso será una de sus prioridades para esta legislatura. De momento, el pasado mes de diciembre, la anterior titular de la cartera, Carme Chacón, firmó con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) un convenio para llevar a cabo actuaciones y programas conjuntos contra el 'mobbing' inmobiliario. A él se han adscrito diez ayuntamientos: l'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), Fuenlabrada y Getafe (Madrid); Gijón (Asturias); Denia y Elche (Alicante); Vitoria (Álava); Córdoba (Andalucía); y Las Palmas de Gran Canaria. Todos ellos han puesto a disposición de sus ciudadanos un teléfono gratuito de atención ciudadada (900 900 707) en el que los afectados encontrarán información sobre sus derechos y cómo hacerlos valer ante los acosadores.

Justicia deficiente

Pese a la notoriedad adquirida en los útimos años, el 'mobbing' inmobiliario aún está en pañales en España, al menos en lo que a procesos legales se refiere. Sergio Brox, abogado director del despacho barcelonés Brox Advocats, nos explica que no existe un procedimiento tipo para estos casos. De hecho, se trata de un delito "no tipificado en el Código Penal, aunque sí existe jurisprudencia sobre el tema, pero muy reciente".

La primera sentencia en España que reconoce este tipo de coacciones inmobiliarias data de agosto de 2004, en Getxo (Vizcaya), cuando se dictaron medidas cautelares contra un empresario que quería hacerse con la totalidad de un edificio y para echar a uno de los propietarios por no querer vender, "arrendó" su propiedad a una familia numerosa y conflictiva por un euro al mes como parte de un plan de acoso. El Juzgado de Instrucción nº 6 de Getxo obligó al desalojo de los imputados y su expulsión de la localidad.

No obstante, según Sedisem (Servicio Europeo de Información sobre Mobbing), el primer paso en el reconocimiento legal de este tipo de conductas como delictiva fue la reapertura de la primera querella de 'mobbing' que se produjo en España, que había sido presentada en el año 2003 y fue reabierta por orden de la Audiencia de Barcelona en mayo de 2004, aunque la sentencia se dictó en 2005. Era el caso de una viuda que tenía un contrato de alquiler indefinido desde 1936 con una renta de 40 euros mensuales, y fue coaccionada por el propietario para que dejase la finca, renunciando a la indemnización que por ley le pertenecía por la rescisión del contrato. Para conseguir el desalojo, el propietario mantuvo el inmueble infestado de ratas y cucarachas, lleno de grietas, con problemas en el suministro de agua y electricidad, y la presencia de okupas en el terrado.

¿Qué hacer?

Lo recomendable ante una situación de acoso inmobiliario es acudir a la policía y buscar un abogado (ya sea de oficio o privado) que pueda interponer una demanda contra el acosador (mobber). El procedimiento puede llevarse por la vía penal, por la civil, o por ambas a la vez, dependiendo del tipo de presión ejercida por el 'mobber'', explica Sergio Brox, quien recomienda armarse de paciencia al demandante, ya que los procesos judiciales por lo penal vienen a durar "entre 6 y 9 meses", y la vía civil "está colapsada".

Otras iniciativas europeas

Otros países europeos también se han puesto en pie de guerra contra esta lacra. Italia, tras la alerta de la ONU referente a 600.000 amenazas de desalojo en el país y gracias a la campaña Sfratti Zero (antidesalojo) contra las privatizaciones de las viviendas de protección oficial, firmó en febrero de 2006 un protocolo que declara Roma "ciudad libre de desalojos". Francia, por su parte, ha introducido una norma para transformar parte de los desalojos en nuevos contratos, y ha aprobado la construcción de 500.000 viviendas de protección oficial en los próximos cinco años.

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